Resolución Mesa Directiva
Aprobación Circulares N° 1 y 2 de Adopción de pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC
PRIMERA PARTE
VISTO
La decisión de la Junta de Gobierno de esta Federación, a partir de la emisión de la Resoluciones Técnicas N° 32, 33, 34 y 35, de establecer el mecanismo de “Circulares de adopción de pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC ”, para la puesta en vigencia de los nuevos pronunciamientos o cambios a pronunciamientos existentes que el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) y el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) emita, y
CONSIDERANDO
a) Que el IAASB de IFAC ha realizado modificaciones y mejoras a los textos de sus pronunciamientos aprobados por esta Federación, a través de las Resoluciones Técnicas32, 33, 34 y 35.
b) Que el artículo 19 inc. “g” del Reglamento del CENCyA establece que las Circulares de adopción de pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC se emiten para poner en vigencia, como norma profesional, los nuevos pronunciamientos o cambios a pronunciamientos existentes de Normas Internacionales de Auditoría (NIA), Notas Internacionales de Prácticas de Auditoría (NIPA), Normas Internacionales de Encargos de Revisión (NIER), Notas Internacionales de Prácticas de Encargos de Revisión (NIPER), Normas Internacionales de Encargos de Aseguramiento (NIEA), Notas Internacionales de Prácticas de Encargos de Aseguramiento (NIPEA), Normas Internacionales Servicios Relacionados (NISR), Notas Internacionales de Prácticas de Servicios Relacionados (NIPSR), Normas Internacionales de Control de Calidad (NICC) y los aspectos relacionados con el concepto de independencia del Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad.
c) Que con fecha 11 de noviembre 2016, el Director General del CENCyA ha elevado a consulta de los Consejos Profesionales y de la profesión, un proyecto de las Circulares 1 y 2.
d) Que durante el período de consulta de dichos documentos no se han recibido comentarios.
POR ELLO
LA MESA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE CONSEJOS
PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS
RESUELVE
Artículo 1º - Aprobar las Circulares N° 1 y N° 2 de Adopción de los pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC, “Modificaciones a las Normas Internacionales de Control de Calidad, Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados, e Independencia del IAASB y el IESBA de la Federación Internacional de Contadores (IFAC), adoptadas por las Resoluciones Técnicas N° 32, 33, 34 y 35”, contenidas en la segunda parte de esta Resolución.
Artículo 2º - Remitir a los Consejos Profesionales, para su aprobación en su jurisdicción y establecer su vigencia y normas de transición de acuerdo con lo indicado en la segunda parte de esta resolución; y recomendar el tratamiento de la misma de acuerdo con lo comprometido en el Acta de Tucumán, firmada en la Junta de Gobierno del 4 de octubre de 2013.
Artículo 3º - Remitir a la Comisión Nacional de Valores.
Artículo 4º - Publicar esta Resolución en la página de Internet de esta Federación y en forma impresa, comunicarla a los organismos nacionales e internacionales pertinentes.
Ciudad de Buenos Aires, 14 de diciembre de 2016
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA