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2021-08-30 | Noticias

Régimen de Retención IIGG sobre Dividendos y Utilidades

Se introducen adecuaciones.

AFIP Resolución General 5060/2021

Por medio de la presente se adecúa el referido régimen de retenciones del impuesto a las ganancias aplicable sobre los dividendos y utilidades asimilables de conformidad con las modificaciones normativas realizadas por la Ley N° 27.630, y, por otra parte, las referencias normativas al ordenamiento de la Ley de Impuesto a las Ganancias dispuesto por el Decreto N° 824 del 5 de diciembre de 2019, y a la reglamentación del impuesto aprobada por el Decreto N° 862 del 6 de diciembre de 2019 y su modificación.

Modifica la Resolución General Nº 4.478 estableciendo que el importe a retener se determinará aplicando la alícuota del 7% sobre los dividendos y utilidades mencionados en el artículo 1° de la norma, generados en los períodos iniciados a partir del 1° de enero de 2018, inclusive.

b) Sustituye la tabla prevista en el primer párrafo del artículo 4° por la siguiente:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN OPERACIÓN

IMPUESTO

RÉGIMEN

 

217

60

Dividendos y utilidades asimilables. Art. 97 de la ley. Alícuota 7%

 

c) Sustituye la tabla prevista en el segundo párrafo del artículo 4° por la siguiente:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN OPERACIÓN

IMPUESTO

RÉGIMEN

 

218

62

Dividendos y utilidades asimilables. Art. 97 de la ley. Beneficiarios del Exterior. Alícuota 7%

 

ADECUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 4.478 AL ORDENAMIENTO DISPUESTO POR EL DECRETO N° 824/19 Y AL DECRETO N° 862/19. OTRAS MODIFICACIONES.

A efectos de adecuar la Resolución General N° 4.478 al ordenamiento de la Ley de Impuesto a las Ganancias dispuesto por el Decreto N° 824 del 5 de diciembre de 2019, y a la reglamentación del impuesto aprobada por el Decreto N° 862 del 6 de diciembre de 2019 y su modificación, corresponde efectuar las modificaciones que se indican a continuación.

Sustituye las siguientes expresiones:

1. “Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones” por la expresión “Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones”.

2. En el artículo 1º la expresión “los Artículos 46 y primero agregado sin número a continuación de éste”, por “los artículos 49 y 50” y la expresión “tercer artículo incorporado sin número a continuación del Artículo 90” por “artículo 97”.

3. En el título del artículo 5º la expresión “QUINTO ARTÍCULO AGREGADO A CONTINUACIÓN DEL ARTÍCULO 66 DEL DECRETO N° 1.344/98 Y SUS MODIFICATORIOS” por “ARTÍCULO 122 DEL ANEXO DEL DECRETO N° 862/19 Y SU MODIFICACIÓN” y en el texto del artículo 5º la expresión “quinto artículo sin número incorporado a continuación del Artículo 66 del Anexo del Decreto Nº 1.344/98 y sus modificatorios” por “artículo 122 del Anexo del Decreto N° 862/19 y su modificación”.

4. En el título del artículo 9º la expresión: “SEGUNDO PÁRRAFO DEL SÉPTIMO ARTÍCULO AGREGADO A CONTINUACIÓN DEL ARTÍCULO 66 DEL DECRETO N° 1.344/98 Y SUS MODIFICATORIOS” por “SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 124 DEL ANEXO DEL DECRETO N° 862/19 Y SU MODIFICACIÓN” y en el texto de dicho artículo la expresión “segundo párrafo del séptimo artículo agregado a continuación del artículo 66 del Decreto N° 1.344/98 y sus modificatorios” por “segundo párrafo del artículo 124 del Anexo del Decreto N° 862/19 y su modificación”.

5. En el primer párrafo del artículo 10 y en los cuadros obrantes en el inciso a) y en el inciso b) de dicho artículo la expresión “artículo sin número incorporado a continuación del Artículo 69” por “artículo 74”.

6. En el artículo 11 la expresión “tercer artículo sin número agregado a continuación del Artículo 90” por “artículo 97”.

Podrá acceder al texto de la norma haciendo clic aquí

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