A través de la Disposición (MTyD Subsecretaría de Promoción Turística y Nuevos Productos) 13/2021, se extiende el plazo previsto en el artículo 3° del Reglamento, respecto de aquellas compras anticipadas de servicios a prestarse a partir del 1 de noviembre de 2021.
Se incorporan como prestadores turísticos alcanzados, en los términos del artículo 5° del Reglamento del Programa, a las entidades sin fines de lucro y a las asociaciones sindicales que cuenten con departamentos destinados a la actividad turística, en tanto dispongan de licencia para operar como agentes de viaje.
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Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA