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2021-07-29 | Publicaciones

Informes Socioeconómicos

Dra. Mabel B. Cambeiro


RESFC-2020-1437-APN-DI#INAES – B.O. 06/01/2021


Como introducción no puedo dejar de decir, que esta resolución lo que hace es tratar de acercar a las entidades cooperativas y mutuales a la aplicación de Balance Social, tratándose estos informes como un avance del Estado de Valor Económico Generado y distribuido.


Mediante esta resolución fueron aprobados los formularios de “Informes Socioeconómicos de Cooperativas y Mutuales” que se deberán remitir al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). Dichos informes son:


- Anexo I – Informe Socioeconómico para Cooperativas


- Anexo II – Informe Socioeconómico para Mutuales y


- Anexo III – Valor agregado cooperativo (VEC) y valor agregado mutual (VEM), consolidado.


Las Mutuales y Cooperativas, con excepción de las cooperativas de Trabajo, deberán presentar solo los Anexos I y II, a partir de los ejercicios cerrados en el mes de diciembre 2020 inclusive y hasta los ejercicios que cierren el 31 de diciembre de 2021. A partir de los ejercicios que cierren desde el 1 de enero de 2021, deberán cumplir con la totalidad de los mismos.


Las cooperativas de Trabajo que cierren ejercicio a partir de diciembre 2020, deberán presentar del Anexo I: Identificación, localización y tamaño, apertura cooperativa, no discriminación, participación de los asociados en órganos de gobierno (Consejo de Administración y Sindicatura), Apertura y movilidad en Órganos de Dirección y Control.


El cumplimiento de estos informes socioeconómicos reviste el carácter de Declaración Jurada y deberán ser remitidos al I.N.A.E.S., mediante el sistema de Trámites a Distancia (TAD) o por otro medio que determine el Organismo, durante los cuatro meses posteriores al cierre de cada ejercicio económico, tomando como base la información de los ejercicios económicos que se hayan producido hasta el mes de diciembre de 2020.


El Informe correspondiente al Anexo I, deberá ser suscripto por el Presidente/a, Secretario/a, Tesorero/a y Síndico, y el Informe correspondiente al Anexo II, deberá ser suscripto por el Presidente/a, Secretario/a, Tesorero/a y un Fiscalizador/a.



La presentación de los “Informes Socioeconómicos de Cooperativas y Mutuales” será condición esencial para la emisión del Certificado de Vigencia Institucional establecido en la Resolución INAES N.° 1058/2016.

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