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2021-08-23 | Colaboraciones Técnicas

Exención Ingresos Brutos y otros Tributos Provinciales


Dr. Horacio Calabró


La exención debe solicitarse en cada provincia


Las entidades sin fines de lucro deben solicitar las exenciones de impuestos provinciales   en cada una de las Jurisdicciones donde actúen económicamente.


No existe una exención nacional única para estos tributos.   Para cada provincia que nos interese habrá que analizar el propio Código Fiscal y en caso de ser necesario solicitar en cada una de las direcciones de rentas provinciales la exención de Ingresos Brutos y demás tributos de corresponder.


No es necesario que se inscriba como contribuyente local ni en convenio multilateral.


Certificado de exención AFIP vigente


En general todas las jurisdicciones provinciales solicitan que la entidad que solicita la exención provincial, cuente con el Certificado AFIP vigente, caso contrario rechazan el trámite provincial. 


Tramite de solicitud de exención


Solamente debe hacer el trámite de solicitud de exención que en casi todas las provincias tiene los siguientes pasos:


El representante legal tramita la clave fiscal provincial


Solicita la exención en la web provincial 


Rentas de provincia incorpora el cuit de la entidad al padrón de exentos


Qué pasa si la entidad no tiene la exención provincial


Si la entidad no tiene la exención provincial, estará sujeta a retenciones y percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos que realizan habitualmente bancos y grandes empresas.  Además, al no tener obtenida su exención cabe la posibilidad de que las Dirección de Rentas de las jurisdicciones donde actúe económicamente puedan inspeccionarla e intimarle impuestos.


En esta síntesis del tema analizamos la situación y los trámites a realizar en la jurisdicción Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CABA.  Asimismo, copiamos el link de cada provincia donde se encontrará el respectivo Código Fiscal o Ley Impositiva provincial.


No debe inscribirse en convenio multilateral


Si la entidad es contribuyente de CM en ninguna jurisdicción provincial le otorgarán la exención.


Ciudad Autónoma de Buenos Aires


En esta síntesis del tema analizamos la situación y los trámites a realizar en la jurisdicción Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CABA.  Asimismo, copiamos el link de cada provincia donde se encontrará el respectivo Código Fiscal o Ley Impositiva provincial.


Existen los siguientes tipos de exenciones para las entidades sociales:


Exención solo Ingresos Brutos. Trámite de “Pleno Derecho” única vez para siempre.


Exención General (Todo tributo). Determinadas entidades. Trámite de única vez.


Exención General (Todo tributo). Científicas y Educativas. Trámite renovable cada 10 años.


Las entidades sin fines de lucro que obtengan alguna de las exenciones señaladas no deberán presentar luego ningún tipo de declaraciones juradas mensuales o anuales.  


Asimismo, los terceros no podrán realizarle retenciones o percepciones de impuestos provinciales.


Importante:


Cada tipo de exención tiene requisitos y trámites muy puntuales y limitaciones especiales que determinan la necesidad de la lectura y análisis completo de los artículos del Código Fiscal CABA que se señalan para luego aplicar lo que corresponda a la entidad real que estamos asesorando o gestionando.


Exención Ingresos Brutos. “de pleno derecho”


CODIGO FISCAL CABA: Art. 184


Es la exención más generalizada para entidades sociales. En este caso prácticamente todas las entidades sin fines de lucro pueden acceder a la exención que es solo para Ingresos Brutos.  Es decir que no incluye Sellos, ABL, Patentes y otros tributos CABA,


Trámite


El Representante legal de la entidad debe obtener la Clave Fiscal AGIP.


Solicitar la exención De Pleno Derecho (proceso en página web AGIP).


Presentar Estatutos y Exención AFIP.


Si la presentación es exitosa:  el CUIT de la entidad se incorpora al Padrón de Exentos de AGIP.


(Importante:  no hay que inscribir a la entidad como contribuyente local)


Que entidades pueden solicitar esta Exención de I. Brutos según el Código Fiscal CABA:


Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin fin de lucro (Ar. 184 Punto 21).


Escuelas Privadas registradas (Art. 184 Punto 4).


Cooperativas de Trabajo o Vivienda (Art. 184 Punto 32).


Importante:  en Provincia de Buenos Aires, esta exención tiene un trámite similar.


Exención general – tramite único 


CODIGO FISCAL Art. 42,


Solamente pueden acceder a esta dispensa total las siguientes instituciones privadas.


Entidades Religiosas debidamente registradas como tal (Secretaria de Culto de la Nación).


Cooperadoras escolares y hospitalarias registradas en CABA.


Sindicatos (Asociaciones de trabajadores), Registrados en Ministerio de Trabajo Nación.


Asociaciones representativas de profesionales (Ley que le otorgue la representatividad).


Mutuales (Excepto Seguros).


Partidos Políticos.


CODIGO FISCAL CABA ART. 42


(Solicitan la exención una sola vez al inicio de su existencia-La exención una vez otorgada no tiene vencimiento).


Como se solicita la exención general


El trámite es presencial y se realiza en el Sector Exenciones de AGIP.


Presenta Estatutos e Inscripción de Autoridades actualizado.


Presenta Certificación de la Personería Especial invocada (Religiosa, Sindicato, Cooperadora, Partido Político, etc.).


Regularmente también se le solicita certificado de exención AFIP.


Exención general – Tramite cada 10 años -cf. art. 48


CODIGO FISCAL CABA ART. 48


(La exención una vez otorgada tiene una duración de 10 años- Debe renovarse)


Instituciones de beneficencia y solidaridad social


Bibliotecas Populares


Asociaciones Culturales  


Asociaciones Científicas


Como se solicita la exención general


El trámite es presencial y se realiza en el Sector Exenciones de AGIP


Se presenta Nota solicitando la exención mencionando el carácter de la entidad y el Artículo del Código Fiscal CABA que corresponda (Art. 48)


Presenta Estatutos e Inscripción de Autoridades actualizado


Presenta detalle de acciones relacionadas con su objeto y demuestra invertir directamente más del 50% de sus ingresos en las actividades científicas, culturales, etc.


Regularmente también se le solicita certificado de exención AFIP


Limitaciones a las exenciones CABA


CODIGO FISCAL CABA: Arts.  49 y 185


Las exenciones no serán pertinentes:


Cuando las entidades tengan ingresos por operaciones industriales o comerciales


Cuando la entidad tenga ingresos gravados con determinadas tasas de ingresos brutos


Cuando la entidad pierda el sustento jurídico o la personería oportunamente invocada


Cuando la exención tuviera vencimiento y no fuera renovada


Vigencia:  


Todas las exenciones tendrán vigencia desde el día que fueran otorgadas por AGIP.


Los ingresos fuera de vigencia exentiva pueden ser gravados e intimados por AGIP.


Búsqueda de códigos fiscales provinciales


El objetivo de este apunte es brindar un resumen básico del tema para CABA.


El resto de las provincias tienen legislaciones propias, pero en general con disposiciones similares a Capital Federal.


A continuación, copiamos los links para ver el Código Fiscal de cada jurisdicción,


Al consultar un Código Fiscal provincial se sugiere analizar los artículos dispositivos de “Exenciones” en general y luego buscar impuesto por impuesto si hay más legislación que tenga relación a las operaciones de la entidad que estamos asesorando o gestionando.


CABA

https://www.agip.gob.ar/filemanager/source/Normativas/2021/Texto%20ordenado%20CF%202021.pdf


Buenos Aires

https://www.arba.gov.ar/Intranet/Legislacion/Codigo/CodigoFiscal.pdf


Córdoba

https://legislaturacba.gob.ar/wp-content/uploads/2020/12/09-12-2020-LEY-10.725-LEY-IMPOSITIVA-A%C3%91O-2021.pdf


Santa Fe

https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/111529/(subtema)/111523


San Luis

https://dpip.sanluis.gov.ar/legislacion/


Mendoza

https://www.atm.mendoza.gov.ar/portalatm/ModificarParametros?tipo=descargarUrl&url=/zoneBottom/normativas/codigoFiscal/pdf/codigo_fiscal_2021.pdf


San Juan

https://leyes-ar.com/codigo_tributario_san_juan.htm


Corrientes

https://www.dgrcorrientes.gov.ar/rentascorrientes/consultarNormativas.do


Entre Ríos

https://www.ater.gob.ar/ater2/NormativaCodigo.asp


Chaco

https://atp.chaco.gob.ar/legislacion/leyes/2444.pdf


Formosa

https://www.dgrformosa.gob.ar/normativas.htm


Misiones

https://www.atm.misiones.gob.ar/index.php/informacion-fiscal-n/normativas/consulta-de-resoluciones/334-2021


Salta

http://www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/jsp/informacionFisc/leyes/CODFISCACT_0910.pdf


Jujuy

http://www.rentasjujuy.gob.ar/normativa/leyes-y-decretos/


Tucumán

https://leyes-ar.com/codigo_tributario_tucuman.htm


La Rioja

https://leyes-ar.com/codigo_tributario_la_rioja.htm


Santiago Del Estero

https://leyes-ar.com/codigo_fiscal_santiago_del_estero.htm


Catamarca

https://dgrentas.arca.gob.ar/legislacion.php


La Pampa

https://dgr.lapampa.gob.ar/normativa.html


Neuquén

https://dprneuquen.gob.ar/codigo-fiscal/


Rio Negro

https://rionegro.gov.ar/?contID=13533


Chubut

Código Fiscal | DGR (dgrchubut.gov.ar)


Santa Cruz

https://leyes-ar.com/codigo_fiscal_santa_cruz.htm


Tierra Del Fuego

https://leyes-ar.com/codigo_fiscal_tierra_del_fuego.htm

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