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2021-09-17 | Modelos

Pautas para la elaboración del informe actuarial sobre balances técnicos

 

COMISIÓN DE ACTUACIÓN PROFESIONAL ACTUARIOS INFORME Νº 1

PAUTAS PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME ACTUARIAL SOBRE BALANCES TÉCNICOS


RESOLUCIÓN CD Νº 168/07 DEL CPCECABA


INTRODUCCION


Considerando que en reunión mantenida con funcionarios de la Inspección General de Justicia, la Comisión de Actuación Profesional Actuarios se comprometió a definir pautas para la elaboración del Informe requerido por la Resolución CD Νº 168/07 y


Que si bien resulta suficiente con el contenido de la misma, esta Comisión entiende que facilitará y uniformará su presentación.


DE LAS PAUTAS


  1. El actuario interviniente deberá:


  1. Solicitar como mínimo al Administrador de los planes:


  1. El/los balance/s técnico/s, vigentes o en liquidación a la fecha de cierre que correspondiere, incluyendo los cierres que se produzcan dentro del período en análisis para los balances técnicos en liquidación. Se presentarán clasificados adecuadamente, de forma tal que constituyan balances técnicos homogéneos, de acuerdo con el criterio del profesional interviniente.


  1. Las bases técnicas de los planes y la documentación necesaria que permita llevar a cabo la tarea encomendada.


  1. Disponer de las normas vigentes específicas o no, que le resulten aplicables (Leyes, Decretos, Resoluciones, etc.), evaluando su cumplimiento y aplicación.


  1. Partiendo de los elementos provistos según A.1) y A.2), realizará la tarea, sobre el/los Balances Técnicos en relación a:


  1. Los ingresos, específicamente, cargas, derechos, cuotas puras, intereses, intereses punitorios, multas, cobranzas extrajudiciales, judiciales o por indemnizaciones de compañías de seguros u otros que pudieran corresponder verificando su imputación y destino. Verificará el saldo de ahorro o deuda según las cuotas ingresadas o de acuerdo con las tablas que los definan.


  1. Los egresos, específicamente las adjudicaciones de bienes, la devolución de los ahorros u otros que pudieran corresponder, verificando su imputación y destino.


  1. Procedimientos aplicados para la adjudicación, sorteo, licitación, puntaje, etc.


  1. Los cambios o sustitución de modelos establecidos por la administradora o a pedido del suscriptor.


  1. El cumplimiento de los compromisos, (adjudicaciones, devolución de ahorros, excedentes/utilidades) en especial cuando los parámetros varían de acuerdo con el precio del bien, o un promedio, o un índice o tasa de interés.


Adicionalmente,


- En Capitalización:

  1. La participación en las utilidades. Si las utilidades responden a las que se originan en la administradora o al rendimiento de los activos y si su distribución resulta equitativa.

  2. La suficiencia de los activos que respaldan los ahorros.

  3. Penalidades.


- En Grupo Abierto:

  1. Puntaje en el caso de pagos extraordinarios.

  2. Los cambios de plan y monto del contrato.


  1. La evaluación deberá cumplir con los objetivos de la Resolución CD Νº 168/07 con relación a la adecuación a la Base Técnica, a la normativa vigente, y específicamente la viabilidad y equidad, en los términos de la Resolución CD Νº 359/87 de este Consejo.


  1. Será de aplicación lo dispuesto en la Resolución Técnica de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (RT FACPCE) 7, con referencia al punto III A), y la planificación del trabajo. En los procedimientos que aplique podrá actuar sobre bases selectivas, determinadas según criterio del Actuario o apoyándolo con el uso de métodos estadísticos.


  1. Pautas para el informe del resultado obtenido.


Contenido


  1. TÍTULO.

Informe del Actuario – Resolución CD Νº 168/07 del CPCECABA.


  1. DE LA ADMINISTRADORA Y TIPO DE PLAN.

La administradora o responsable y su domicilio acorde con lo dispuesto en las normas profesionales.

Tipo de plan de ahorro, según Resolución Νº 26/04 de la Inspección General de Justicia, Capítulos II, III, IV, V, VI o atípicos.


  1. CONTENIDO.

    1. Identificación de los Balances Técnicos objeto del informe.

Se debe identificar cada uno de los balances a los que se refiere el informe, según A.1.a), fecha y período a que se refieren. En el Informe, cada subconjunto homogéneo se presentará separadamente.

  1. Disposiciones legales y Base Técnica.

Identificará, las normativas indicadas en A.2) e individualizará las Condiciones Generales de los planes y las respectivas resoluciones de aprobación.

  1. Explicación del proceso que permita la elaboración del Informe. Tomará como base lo dispuesto en los ítems B, C y D.



  1. ELEMENTOS ADICIONALES NECESARIOS PARA SU MEJOR COMPRENSIÓN.


  1. INFORME/CONCLUSIÓN.

El Actuario, informará sobre los resultados de los hechos controlados que surgen de la tarea realizada, acorde con la Resolución CD Νº 168/07, especialmente sobre la equidad y viabilidad.

Puede ser expresada de modo singular y resumido o bien ser descriptiva de los diferentes temas, pudiéndose arribar a opiniones múltiples.


  1. LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN.


  1. FIRMA Y SELLO.


Aprobado en la reunión de la Comisión de Actuación Profesional Actuarios del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realizada el 27 de noviembre de 2008.


Los modelos de informes y certificaciones son meramente ilustrativos (siguiendo los lineamientos de la Res. M. D. N° 45/2019 - Procedimiento de gestión para la emisión de modelos de informes y certificaciones) y no son de aplicación obligatoria. El profesional determinará, sobre la base de su criterio profesional, el contenido y la redacción de su informe.

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