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2021-09-21 | Normativa

Resolución C.D. 87/08

Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de julio de 2008

En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1088) el Consejo Directivo aprobó la siguiente

resolución:

Resolución C. D. N° 87 /2008

VISTO:

1. Las facultades acordadas a este Consejo por el art. 21 inc. f) de la Ley N° 20.488 y el art, 2 inc.

b) y f) de la Ley N° 466.

2. El análisis efectuado por la Comisión Actuación Profesional de los Licenciados en Economía, y

lo mencionado en:

I. El Documento de Actuación Profesional Nº 1, “Informes y Dictámenes del Economista” de

Enero de 1985, elaborado por este Consejo Profesional,.

II. Las Disposiciones 201/2008, 200/2008, 180/2007, 148/2006 y 139/2005 de la Subsecretaría

de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.

III. Las Comunicaciones “A” 4684, 4620 y 4420 punto 1 incs. d) y e) del Banco Central de la

República Argentina,

3. La Resolución Técnica FACPCE N° 7 “Normas de Auditoría”

4. Los Informes N° 27 “Auditoría de Estados Proyectados” del 9 de Septiembre de 1996 y N° 30

“Utilización y Coordinación del Trabajo de Otro Auditor y Trabajos de Otros Especialistas” del

13 de Abril de 1998, elaborados por la Comisión de Estudios de Auditoría de este Consejo

Profesional,

5. El Statement on Auditing Standards (SAS) N° 11 “Usando el trabajo de un experto” emitido por

el American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), y

CONSIDERANDO:

a) Que la Ley Nº 20.488, establece para los Licenciados en Economía, en su art. 11 inc. a), las

incumbencias relacionadas con el asesoramiento económico y financiero especialmente sobre la

configuración de posibles escenarios económicos, financieros y sociales que sustentan las

premisas en que se basa la elaboración de proyectos de inversión, de proyecciones de flujos de

fondos y de estados contables proyectados de las empresas,

b) Que los Contadores Públicos que emitan informes profesionales como auditores externos,

obligatoriamente deben obtener elementos de juicio válidos y suficientes que permitan respaldar las

aseveraciones formuladas en su informe, y que los papeles de trabajo deben contener, entre otros,

los antecedentes recibidos de terceros (RT N°7 cit. Puntos III.B.1. y III.B.3.2.

c) Que la relación entre el Contador Público en su carácter de auditor externo, y los estados

contables proyectados, puede definirse como la emisión de un juicio técnico basado en

verificaciones adecuadas a la información a examinar, encaminado fundamentalmente a brindar a la

comunidad de negocios y a los usuarios de dichos estados, un nivel adecuado de satisfacción

únicamente sobre el proceso de construcción y/o elaboración de los mismos, sin facultades para

expedirse sobre la generación de premisas y supuestos, dado que tal proceder implicaría una

violación a las normas legales y profesionales vigentes,

d) Que los Informes Especiales sobre Flujos de Fondos y Estados Contables proyectados pueden

demandar la opinión del Licenciado en Economía, sobre la consistencia de las hipótesis, premisas

y/o estimaciones, utilizadas para su confección, independientemente de la tarea profesional del

Contador Público.

e) Que se debe atender a la necesaria integración de las distintas ramas de las Ciencias

Económicas, en el entendimiento de que le cabe dictaminar al Licenciado en Economía en lo

relativo a la consistencia de las premisas y supuestos que sustentan las evaluaciones económicas y

financieras.

f) Que surge implícitamente de la vasta normativa analizada, que se refiere al análisis de la

consistencia técnica de los supuestos considerados en la formulación y evaluación de proyectos de

inversión, que se encuentra comprendida en las incumbencias del Licenciado en Economía.

g) Que resulta necesario precisar el alcance de las normas relativas a las incumbencias del

Licenciado en Economía sobre las materias más arriba enunciadas.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°.- ESTABLECER que, sin perjuicio de la intervención de otros profesionales en Ciencias

Económicas, la formulación y evaluación de proyectos de inversión y las proyecciones de flujos de

fondos, deberán fundarse en supuestos y premisas acompañadas por Informe Profesional de

Licenciado en Economía.

Art. 2°.- ARBITRAR los medios necesarios para incluir, por parte de la Comisión de Estudios de

Auditoría – Subcomisión Redactora de Modelos de Informes, en el párrafo de “Alcance” de los

modelos que involucren proyecciones sobre estados contables y flujos de fondos, un ítem destinado

a constatar las hipótesis, premisas y supuestos con el Informe Profesional que sobre ellas debe

emitir el Licenciado en Economía.

Art. 3°.- APROBAR el modelo de informe profesional requerido para cumplimentar lo dispuesto en el

artículo 1° precedente, elaborado por la Comisión Actuación Profesional del Licenciado en

Economía, , que debe estar legalizado por este Consejo y que como ANEXO forma parte integrante

de esta Resolución.

Art. 4°.- DISPONER que lo establecido en la presente Resolución entre en vigencia desde el

momento de su publicación.

Art. 5°.- COMUNÍQUESE a los matriculados, a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas

de todo el país, a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, a

los colegios y asociaciones profesionales que agrupen graduados en Ciencias Económicas, a la

Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas, al Ministerio de Desarrollo

Económico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de Economía de la Nación, al

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, a la Subsecretaría de la

Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, a la Agencia Nacional de Desarrollo de

Inversiones, al Banco Central de la República Argentina y demás organismos de control.

Art. 6°.- PUBLÍQUESE por un día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

regístrese y archívese.

Julio Rubén Rotman José Escandell

Secretario Presidente

Resolución C. D. N° 87/2008

JCS/er

A N E X O

(RESOLUCIÓN C. D. Nº 87/2008

Sres. Directores de: ...........................................................................................................................

Domicilio legal: .............................................................................................................................

CUIT Nº: .....-.......................-...

En mi carácter de Licenciado en Economía independiente, a su pedido y para su presentación

ante................................................................................................................................................., he

procedido a analizar-examinar-, la información detallada en el apartado 1.

La misma ha sido preparada por el Directorio de ………………………………………….

Mi tarea consistió en emitir un Informe independiente sobre los mismos.

1. Detalle de la información analizada

1.1. Análisis de Factibilidad Económica

1.2. Análisis de Factibilidad Financiera

1.3. Proyecto de Inversión………………………………………………….……….

1.4. Otros. (detallar)

2. Alcance de la tarea realizada

1.- Análisis de las variables consideradas y validación de su fuente, por ejemplo:

a) Estructura y dinámica del mercado en cuanto a oferta, demanda, cantidades, precios

relativos, de insumos y productos de la empresa;

b) Posibilidades de penetración de la empresa en el mercado interno/externo;

c) Disponibilidad cuanti-cualitativa de insumos, infraestructura, servicios, mano de obra, etc.;

d) Políticas monetaria, sectorial, comercial (interna/externa), disponibilidad de créditos, tasas

de interés aplicables a las transacciones del negocio (especificar);

e) Probabilidades e hipótesis de ocurrencia;

f) Otros. (detallar)

2.- reprocesos y cálculos aritméticos en forma selectiva y aleatoria;

3. Manifestación profesional

Respecto de la información mencionada en 1) sobre la base de las tareas detalladas en 2), no

tengo observaciones que formular / (En su caso) estoy en condiciones de formular las siguientes

observaciones, dejando constancia que la fuente considerada y las variables utilizadas resultan

consistentes con los escenarios proyectados.

Buenos Aires,........ de..............................de 2......

Dr. .....................................................

Licenciado en Economía – UBA, etc.

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº.......Fº...............

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