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2021-09-29 | Noticias

Billeteras Electrónicas

AFIP Resolución General 5078/2021                                                                            


Se extiende hasta el 31 de octubre el plazo para que aquellos contribuyentes que a la fecha del dictado de la presente posean cuentas inscriptas en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias, beneficiadas por las exenciones previstas en el artículo 10, inciso d) del Anexo del Decreto N° 380/01 o en el inciso sin número incorporado por el Decreto N° 485 del 6 de julio de 2017 al precitado artículo 10, y que encuadren, a partir del 1 de agosto de 2021, en uno de los beneficios similares previstos por el Decreto N° 301/21, conserven los efectos de la inscripción en el precitado Registro en la medida que efectúen la nueva inscripción, respecto de estas cuentas, hasta el 31 de octubre de 2021, inclusive.


Podrá acceder al texto de la norma haciendo clic aquí


Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA 

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