Establecidas por la Cámara Civil y la Cámara Federal de Casación Penal.
A través de la Resolución 1321/2021, el Tribunal de Superintendencia de la Cámara Civil ha resuelto que la atención a los/las profesionales en modo presencial, continuará siendo efectuada previo pedido de turno al mail institucional de la dependencia, sin necesidad de expresar la causa por la cual lo solicita.
Por otro lado, mediante la Acordada 5/21, la Cámara Federal de Casación Penal ha dispuesto que, a partir del día 20 del corriente mes, todas las dependencias de la Cámara y de los tribunales que de esta dependen, deberán contar con la presencia suficiente de agentes, de forma tal de procurar la completa normalización de la prestación del servicio de justicia.
Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA