Obligación de informar la jurisdicción laboral.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), incorporó en el servicio “Simplificación Registral Empleadores”, la opción informar la Jurisdicción Controlador de Documentación Laboral, dentro del registro de datos iniciales de empleador.
Desde del 1° de noviembre de 2021, los Empleadores obligados a utilizar el Libro de Sueldo Digital deben informar en el Sistema Simplificación Registral de la AFIP, la jurisdicción laboral en la que rubrica su libro especial (art. 52, LCT).
El ingreso de la jurisdicción se encuentra disponible para todo el universo de empleadores. Pero en el caso de obligados a Libro de Sueldos Digital, es necesaria la actualización de la información, ya que a partir del 01/11/2021 será requisito para realizar cualquier actualización en el servicio Simplificación Registral.
Para el resto de los empleadores no obligados al Libro de Sueldos Digital, la actualización de datos será optativa.
Podrá acceder a la guía publicada por la AFIP haciendo clic aquí.
Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA