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2016-06-24 | Normativa

Resolución Técnica FACPCE N° 44. Modificación de la RT 36 - Balance Social

Norma Completa.

Resolución Técnica Nº 44. Modificación de la Resolución Técnica N° 36. Balance Social. Primera Parte.


Visto:


El proyecto N° 36 de Resolución Técnica sobre “Normas contables profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N º 36 Balance Social” elevado por el CENCyA de esta Federación.


Y considerando:


a) Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;


b) que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones;


c) que los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de las veinticuatro jurisdicciones han suscripto la denominada “Acta de Tucumán”, en la que exteriorizaron explícitamente su compromiso de participar activamente en la discusión previa, difusión y elaboración de las normas contables, de auditoría y otras;


d) que en mayo de 2015 el GRI publicó la Versión GRI 4 (G4) de su Guía para elaborar Memorias de Sostenibilidad, que incluye cambios tanto en el proceso de elaboración como en el formato de las memorias;


e) que la versión G4 establece que todas las memorias que se vayan a publicar después del 31 de diciembre de 2015 deben elaborarse “de conformidad” con la Guía G4;


f) que la versión G4, incluye, entre otros, cambios relacionados con la mayor importancia del concepto de materialidad, la desaparición de la distinción entre indicadores principales y adicionales, el establecimiento de dos opciones (esencial y exhaustiva) para la elaboración de las memorias de sostenibilidad, que reemplazan los niveles A, B y C y A+, B+ y C+ asociados al número de indicadores sobre los que se reporta que contiene la versión 3.1;


g) que en sección C de la segunda parte de la Resolución Técnica nº 36, se establece que la entidad incluirá en el Balance Social la indicación de en qué nivel se ha aplicado el GRI, a través del sistema de niveles de aplicación del GRI 3, situación que ha sido eliminada en la versión G4 de la Guía para la elaboración de memorias de sustentabilidad del GRI lo que genera la necesidad de adecuar la citada norma contable;


h) que periódicamente, basado en una actividad de mejora continua de sus pronunciamientos, el GRI produce cambios en las Guías que emite;


i) que el enfoque utilizado al redactar la RT 36, segunda parte, sección C, implica la necesidad de modificación de la misma cada vez que un pronunciamiento del GRI genera una nueva versión que modifica la forma de aplicar la Guía GRI;


j) que resulta conveniente establecer en la RT 36 un mecanismo que evite la modificación de la misma cada vez que el GRI actualiza sus Guías en aspectos que están detallados en la RT 36;


k) que el CENCyA analizó las observaciones recibidas durante el período de consulta del Proyecto N° 36 de Resolución Técnica;


l) que el CENCyA aprobó la nueva versión de las modificaciones a la Resolución Técnica N° 36 en su reunión del 12 de mayo de 2016.


Por ello:


LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS


Resuelve:


Artículo 1º - Aprobar la Resolución Técnica N° 44: “Normas Contables Profesionales: Modificación de la Resolución Técnica Nº 36 Balance Social”.


Artículo 2° - Encomendar al CENCyA la publicación de las nuevas versiones del GRI, en la página web de esta Federación, con una introducción que explique los principales cambios entre la nueva versión del GRI y la anterior versión, así como la fecha de vigencia recomendada.


Artículo 3° - Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación:


a) el tratamiento de esta Resolución de acuerdo con lo comprometido en el Acta de Tucumán, firmada en la Junta de Gobierno del 4 de octubre de 2013;


b) establecer su vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016;


c) la difusión de esta Resolución Técnica entre sus matriculados y los organismos de control, educativos y empresariales de sus respectivas jurisdicciones.


Artículo 4° - Registrar esta resolución técnica en el libro de resoluciones, publicar la parte resolutiva en el Boletín Oficial de la República Argentina y el texto completo en el sitio de internet de esta Federación y comunicarla a los Consejos Profesionales y a los organismos nacionales e internacionales a los que les pueda resultar de interés las normas de contabilidad y auditoría de Argentina.


En la ciudad de La Rioja, a los 24 días del mes de junio de 2016.

Resolución Técnica Nº 44. Modificación de la Resolución Técnica N° 36. Balance Social. Segunda Parte.


1. Reemplazar la sección C. Niveles de aplicación de la Guía GRI de la Segunda parte de la Resolución Técnica N° 36 Balance Social, por la siguiente:


C. Descripción de los criterios


Aquellas organizaciones que elaboren sus memorias de sostenibilidad de conformidad con los estándares o guía previstos por el Global Reporting Initiative -GRI-, deberán ajustarse a lo establecido en la última versión disponible aprobada por tal organismo y publicada en español en la página de internet de esta Federación.


Asimismo, y de acuerdo a lo consignado por el GRI, deberán indicar qué opción o nivel se ha aplicado para la confección de la memoria.


2. Eliminar el Anexo II: Pautas de la guía para la elaboración de memorias de sustentabilidad del Global Reporting Initiative.


3. Modificar el punto 2.1 Memoria de Sustentabilidad del Capítulo II de la Segunda Parte, según lo siguiente:


2.1 Memoria de Sustentabilidad


Para la elaboración de la Memoria de Sustentabilidad se atenderá a las pautas y principios establecidos por el GRI, según lo establecido en la sección C de la presente resolución.


A los efectos de una mejor visualización de la evolución de los indicadores, éstos se presentarán en forma comparativa con uno o más ejercicios anteriores, excepto en la primera elaboración del Balance Social.

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RT 44

RESOLUCIÓN_TÉCNICA_Nº_44.pdf

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