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2021-11-24 | Colaboraciones Técnicas

Primera auditoria. Consecuencias sobre el informe del auditor


Dr. C. P. Oscar López


La realización de una primera auditoría enfrenta al auditor con el hecho de asumir la responsabilidad sobre los saldos iniciales (estados contables del ejercicio precedente), por su importancia respecto de:


1) Su repercusión en la razonabilidad de saldos de cuentas de tipo acumulativo en los estados contables al cierre del ejercicio, por ejemplo, bienes de uso;


2) La existencia de eventuales contingencias que se trasladan en el tiempo;


3) La incidencia respecto de la razonabilidad de la información contenida en el estado de resultados;


4) La incidencia en la comparabilidad de la información de los estados contables en su conjunto.


Es evidente que, para tomar dicha responsabilidad a cargo, es necesario que el auditor pueda formarse una opinión acerca de la razonabilidad de los saldos iniciales del sistema de información contable. Es decir, que pueda reunir elementos de juicio que le permitan concluir que la situación que presentaban los estados contables del ejercicio precedente era razonable o, eventualmente, no lo era y en este caso poder precisar razones.


Cuando los estados contables del período precedente hubieran sido objeto de una revisión de auditoría por contador público, el camino razonable consiste en solicitar al nuevo cliente a explicaciones adicionales que pudieran ser necesarias, de manera tal de reunir la evidencia suficiente como para formar una opinión al respecto.


En el supuesto que esto no pudiera lograrse por diversas razones o bien cuando los estados contables no hubieran sido objeto de una revisión de auditoría, se plantea el problema del curso de acción a adoptar por el auditor al emitir su informe.


Una primera consideración estriba en puntualizar que en el supuesto de no incluir el auditor ninguna aclaración en su informe y en el caso de no formular salvedad supone que se asume la total responsabilidad e implica que ha logrado satisfacerse acerca de la razonabilidad de los saldos iniciales.


Por lo tanto, el camino a seguir presenta las siguientes alternativas básicas:


a) Aplicar procedimientos de revisión complementarios respecto de los saldos iniciales de manera tal de validarlos, siempre y cuando esto fuera posible por razones de factibilidad y de costo, y emitir un informe sin salvedades;


b) En el supuesto de no poder cumplir lo indicado precedentemente se deberá explicitar, mediante un párrafo ad-hoc, la limitación en el alcance del trabajo y su repercusión en la formación de opinión (salvedad indeterminada o bien abstención de opinión, de acuerdo con la significatividad).


En relación con la información comparativa caben análogas consideraciones.


En el Informe del Auditor, corresponde incluir un párrafo, a continuación de la Opinión, Se transcribe el siguiente modelo:


“Otras cuestiones


Los estados contables del ejercicio terminado el dd/mm/aaaa, incluidos a efectos comparativos, fueron auditados por otro profesional. El mismo emitió su opinión… [indicar tipo de opinión] sobre dichos estados contables incluida en el informe profesional de fecha dd/mm/aaaa [fecha del informe del auditor precedente]”.

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