A través de los canales de comunicación oficiales, La AFIP aclara cuestiones puntuales acerca de la modalidad puerta a puerta.
Sólo pueden operar con esta modalidad las personas humanas que requieran ingresar mercadería cuyo valor de compra (costo de la mercadería + seguro + flete) no supere los USD 3000. La mercadería tendrá un límite de 20 kilogramos por paquete, deberá ser para uso personal, y su especie y cantidad no deben presumir una finalidad comercial. Esto será evaluado por el servicio aduanero.
Podrá acceder al enlace haciendo clic aquí.
Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA