CNTA: aclaraciones sobre suma no remunerativa
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) realizó aclaraciones sobre la asignación extraordinaria prescripta en las Resoluciones de la Comisión N° 117/2021, 137/2021, 138/2021, 139/2021, 140/2021, 141/2021, 142/2021, 143/2021, 144/2021 y 190/2021.
En las Resoluciones citadas, se estableció el pago de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo a los “efectos previsionales.”
Atento las reiteradas consultas que se han efectuado, tanto por parte del sector empleador, como por parte del sector trabajador, en cuanto al alcance de la asignación, la CNTA proceder a su aclaración.
En ese sentido, la CNTA informa que la asignación extraordinaria prescripta en esas resoluciones será considerada no remunerativa a sólo efecto de la realización de los aportes y contribuciones referidos en el primer párrafo del Artículo 10 de la Ley Nro. 24.241.
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Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA