Dr. C.P. Damian Nardacchione
1. Introducción
Definición de Ente Pequeño o Mediano según la RT Nº 41
La Resolución Técnica (RT) Nº 41 considera como Entes Pequeños aquellos que:
a) no estén alcanzados por la Ley de Entidades Financieras o realicen operaciones de capitalización, ahorro o en cualquier forma requieran dinero o valores del público con promesa de prestaciones o beneficios futuros;
b) no sean entes aseguradores bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación;
c) no superen el monto de ingresos en el ejercicio anual anterior de quince millones de pesos ($ 15.000.000). Este importe será reexpresado tomando como base diciembre de 2014;
d) no sean sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria o de economía mixta; y
e) no se trate de una sociedad controlante de, o controlada por, otra sociedad excluida por los incisos anteriores.
El monto mencionado en el inciso c) se determina considerando los “Ingresos por ventas netas de bienes y servicios” o “Recursos ordinarios” incluidos en el Estado de Resultados o Estado de Recursos y Gastos, correspondientes al ejercicio anual anterior al cierre del ejercicio que se decida aplicar.
En el sitio web del CPCECABA (https://www.consejo.org.ar) mensualmente se informan los montos de ventas y de recursos ordinarios para entes pequeños y medianos.
2. Ejemplo Práctico
A continuación, por medio de un caso práctico, ejemplificaremos cómo una empresa debería determinar si puede o no aplicar como norma contable la RT Nº 41:
La empresa ABC S.R.L, dedicada a la fabricación y venta de máquinas y herramientas, se encuentra preparando los Estados Contables correspondientes al período iniciado el 1° de enero de 2020 y finalizado el 31 de diciembre de 2021 y para ello desea determinar si encuadra como “Ente Pequeño” según los parámetros de la RT Nº 41.
Luego de confirmar que cumple con los incisos a, b, d y e de la sección 1 – Alcance de la mencionada Resolución Técnica, la empresa decide revisar los montos de ingresos del ejercicio anual anterior con los montos actualizados según la página web del CPCECABA.
El Estado de Resultados que surge de los EECC al 31/12/2020 es el siguiente:
|
31/12/2020 |
31/12/2019 |
|
$ |
$ |
Ventas de bienes y servicios |
4.136.773,91 |
6.461.960,16 |
Costo de venta de bienes y servicios
(Anexo III) |
-2.918.706,66 |
-5.204.248,31 |
Gastos de comercialización (Anexo IV) |
-703.109,11 |
-336.380,58 |
Gastos de administración (Anexo IV) |
-703.109,11 |
-336.380,59 |
Resultados financieros y por tenencia
(incluye RECPAM) |
-57.583,33 |
1.316.636,81 |
Resultado antes del impuesto a las
ganancias |
-245.734,29 |
1.901.587,50 |
Impuesto a las ganancias |
-5.277,42 |
0,00 |
Resultado final del ejercicio |
-251.011,71 |
1.901.587,50 |
Mes/Año |
Monto de Ingresos/Recursos (Base Diciembre/2014) |
|
|
Ente pequeño (1) |
Ente mediano (2) |
Junio 2020 |
76.172.922 |
380.864.609 |
Julio 2020 |
77.646.254 |
388.231.272 |
Agosto 2020 |
79.742.789 |
398.713.945 |
Septiembre 2020 |
82.003.913 |
410.019.565 |
Octubre 2020 |
85.088.055 |
425.440.277 |
Noviembre 2020 |
87.776.587 |
438.882.935 |
Diciembre 2020 |
91.292.537 |
456.462.686 |
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA