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2021-12-29 | Noticias

RESOLUCIÓN GENERAL 5125/2021. Secreto fiscal

AFIP Resolución General 5125/2021

Por medio de la presente se abroga la Resolución General N° 3.952 que establecía para los sujetos indicados en el artículo 20 de la Ley 25.246, excepto los detallados en su inciso 17 -profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas-, el deber de abstenerse de requerir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales que presenten ante AFIP.

Asimismo se destaca que en el último párrafo del artículo 101 de la Ley de Procedimiento Fiscal -incorporado por la Ley N° 27.430- quedó plasmada la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio.

Los eventuales requerimientos de información que formulen los sujetos enunciados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificaciones a sus clientes, quedarán supeditados a la decisión que adopte el contribuyente -en el marco de su relación contractual- de aceptar la solicitud y aportar, en ese marco, sus declaraciones juradas impositivas.

Podrá acceder al texto de la norma haciendo clic aquí.


Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA

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