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2022-01-20 | Noticias

CABA. REGISTRO DE DOMICILIOS DE EXPLOTACIÓN. Se introducen modificaciones

Mediante la Resolución (AGIP) 24/22 se introducen modificaciones en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE).


Los principales son:


  • Al momento de inscribir o actualizar el domicilio en el Registro, el contribuyente debería informar, en el caso de contratos relacionados con la ocupación del inmueble, el plazo de vigencia estipulado en el mencionado documento.
  • Los contribuyentes y/o responsables deben ratificar o rectificar el/los domicilio/s de explotación con carácter anual, desde el día 1° de enero al día 31 de marzo de cada año. Aquellos contribuyentes que inicien actividad con posterioridad al primer trimestre del año calendario, deberán registrar el/los domicilio/s de explotación en un plazo de treinta (30) días contados a partir del efectivo inicio del ejercicio de la actividad económica. En el supuesto que hubiere modificaciones en el/los domicilio/s de explotación durante el transcurso del ejercicio fiscal, éstas deben ser informadas por el contribuyente y/o responsable dentro del plazo de quince (15) días hábiles de producida la modificación.


Recordamos que la inscripción o actualización del domicilio de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE) reviste carácter obligatorio para la realización de los siguientes trámites o procedimientos:


  • Acogimientos a planes de facilidades de pago, moratorias o condonaciones de deudas.
  • Solicitudes de exenciones en el Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y/o en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Interposición de reclamos respecto de compensaciones, repeticiones o devoluciones de los citados tributos.
  • Iniciación o tramitación de expedientes a través de la Plataforma Tramitación a Distancia (TAD).
  • Altas o modificaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Recategorización en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.


Podrá acceder al texto de la norma haciendo clic aquí


 Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA

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