Portal de Información

2022-02-17 | Noticias

SIRCAR Y SIRTAC. Declaración Jurada y pago del Anticipo de Diciembre 2021. Ratificación.

La Resolución General CA 1/2022, ratifica la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral 1/2022, la cual se anexa a la disposición.


La citada Disposición había considerado realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de diciembre (segunda quincena, presentación y pago-terminación 5 al 9) del período fiscal 2021 por parte de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR, con vencimiento el día 11/01/2022, registrado hasta el día 13/01/2022.


También, consideró realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de diciembre (segunda quincena, presentación y pago) del período fiscal 2021 por parte de los agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra SIRTAC, con vencimiento de presentación el día 11 de enero de 2022 y de pago el día 12/01/2022, registrado hasta el día 13/01/2022.


Podrá acceder al texto de la norma haciendo clic aquí.


 Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA

Contacto

Desde TRIVIA by Consejo te invitamos a conocer más sobre el servicio, sólo debés consignar tu Tomo y Folio al completar el último campo del formulario.* 


Contacto:
- Teléfono 5382-9590 (directo)

Horario de atención: Lunes a viernes 9 a 18 hs.


* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA