La Resolución General IGJ 4/2022 establece que las SAS (Sociedades por Acciones Simplificadas) deben acreditar la existencia y veracidad de su domicilio y sede social en oportunidad de constituir la sociedad o inscribir la nueva sede social, los elementos requeridos a tales efectos serán:
Si el domicilio de su representante legal se deberá acompañar comprobantes de servicios a su nombre de la persona humana que la ejerza y alguno de los otros instrumentos indicados más arriba.
Podrá acceder al texto de la norma haciendo clic aquí.
Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA