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2022-06-07 | Noticias

GANANCIAS. Se incrementa la remuneración no sujeta a retención.


A través del Decreto 298/2022 el Poder Ejecutivo Nacional incrementó el monto de monto de la remuneración y/o del haber bruto para el período fiscal 2022 a los fines de la aplicación de la exención del sueldo anual complementario (art. 26 inc. z LIG). La suma, de este modo ha sido dispuesta en $ 280.792 mensuales, inclusive.


Respecto a las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma equivalente a $ 280.792 mensuales, inclusive, será de aplicación la deducción especial adicional tal que determine una ganancia neta sujeta a impuesto igual a 0 (cero).


Aquellos sujetos que superen los $ 280.792 mensuales y no excedan de $324.182 mensuales, inclusive, aplicarán un monto deducible establecido por la AFIP conforme lo previsto en la segunda parte del anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la ley del impuesto. Con las limitaciones previstas en el quinto párrafo del primer artículo sin número a continuación del artículo 176 de la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias




Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA


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