A través de la Resolución General Conjunta 5209/2022, la Provincia del Chaco se incorpora al Sistema Único Tributario a aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y adicional (Ley 666-K) de la citada provincia, denominado “Régimen Simplificado Provincial”- y, en su caso, por la contribución municipal que incide sobre la actividad desarrollada cualquiera fuere su denominación. La normativa será de aplicación a partir del primer día hábil de julio de 2022.
Los datos declarados se constatarán sistémicamente con:
a. 4.1. Los tributos legislados en el Código Tributario de la Provincia del Chaco -Ley 83-F- y en las demás leyes tributarias especiales.
b. 4.2. La contribución que incide sobre la actividad desarrollada -cualquiera fuere su denominación-, en el marco de los convenios de colaboración que la provincia suscriba con sus municipios.
A efectos de la inscripción, adhesión y demás obligaciones formales y materiales, resultarán aplicables las disposiciones previstas en las Resoluciones Generales AFIP 10, sus modificatorias y complementarias, AFIP 2109, sus modificatorias y su complementaria, AFIP 3537, AFIP 4280, AFIP 4309, su modificatoria y sus complementarias, AFIP 4320, AFIP 5003, su modificatoria y sus complementarias, AFIP 5034 y sus complementarias y AFIP 5048, o las que las sustituyan en el futuro.
Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA