Planes de Facilidades de Pago Vigentes
Plan de Pagos Permanente RG
4268/2018
Se trata de un plan de
facilidades de pagos a través del cual podrás cancelar tu deuda. Este plan de
facilidades de pago incluye un sistema de calificación “scoring” que definirá
el interés, las cuotas y la cantidad de planes disponibles, en base al SIPER
(Sistema de Perfil de Riesgo). A mayor nivel de cumplimiento, mejores condiciones
para los planes. (VER Solapa “Parámetros Plan Permanente”)
Plan de Facilidades de Pago - RG 4057
Es un Plan de Facilidades de Pagos a través del cual se podrá cancelar el saldo resultante de la declaración jurada (incluyendo intereses y multas) de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
Plan
permanente para Monotributo RG 4166/2017
Plan para excluidos del Régimen Simplificado para
Pequeños Contribuyentes (RS), y cuya fecha de registración de la novedad en el
“Sistema Registral” sea a partir del día 1 de enero de 2017, inclusive. Podrán
cancelar las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado
y a las ganancias, como también los aportes personales de los trabajadores
autónomos, más sus respectivos intereses.
Podrá solicitarse hasta el
último día del tercer mes posterior a la fecha de registración de la novedad de
la exclusión en el “Sistema Registral”.
Planes Especiales
Régimen de regulación voluntaria Ley 24.476
Se trata de un régimen con
carácter permanente y podrá ser solicitado por todas aquellas personas que se
encuentren o no adheridas como autónomo, con excepción de los trámites de
pensiones y retiro transitorio por invalidez, ya que para estas dos
prestaciones es condición indispensable que se encuentren adheridas al momento
del fallecimiento, en el caso de pensiones, o al momento de solicitar el
beneficio, en el caso de retiros transitorios por invalidez.
Podrán incluirse los aportes personales, devengados hasta septiembre de 1993. Los períodos anteriores a la fecha en la que cumpliste 18 años no son computables.
La presentación de este plan
es mediante el sistema denominado SICAM, accediendo con clave fiscal, a través
de la web de AFIP www.afip.gob.ar
Plan
de pagos para acuerdos preventivos extrajudiciales RG 4341/2018
Podrán adherirse los
ciudadanos y responsables y/o sus representantes legales que obtuviesen la
homologación del acuerdo preventivo extrajudicial, podrán cancelar sus deudas
impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta
la fecha de su consolidación ante esta Administración Federal, y los
correspondientes accesorios.
Facilidades
de pago - Tasa judicial RG 1818/2015
Se podrán incluir a este
régimen especial de facilidades de pago la tasa judicial, así como de las
multas y demás accesorios que pudieran corresponder.
La solicitud de adhesión al
régimen deberá efectuarse dentro de los 60 días corridos, contados a partir del
día hábil siguiente a aquél en que se considere notificada la homologación del
acuerdo judicial o extrajudicial, o la resolución que con posterioridad declara
verificados los créditos, en su caso.
La presentación se realizará
mediante el formulario de declaración jurada Nº 866 generado por el programa
aplicativo denominado "PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PARA TASA DE JUSTICIA –
C.S.J.N. - Versión 2.0”.
Plan
para concursados y fallidos RG 3587/2014
Los sujetos alcanzados por
este plan son aquellas personas que obtuviesen la homologación de acuerdos por
concursos preventivos, por su propia cuenta o por medio de terceros, conforme
al procedimiento de salvataje. Asimismo, podrán adherirse los contribuyentes
fallidos que soliciten la conclusión de la quiebra por medio del avenimiento de
todos los acreedores.
Para la adhesión se deberá ingresar con clave fiscal al servicio "Mis Facilidades” o el aplicativo JERONIMO - Versión 5.0, según se trate de planes de tipo regular o irregular, respectivamente.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA