Es un régimen opcional los contribuyentes encuadrados en el Régimen Local en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires siempre que esa actividad que ejerza no se encuentre excluida.
El encuadre en el Régimen se dará en categorías conforme los los parámetros y tipo de actividad que lleve a cabo, siendo estos ingresos brutos, superficie afectada y energía eléctrica consumida.
A partir del 1 de enero 2024 el importe de facturación anual durante el período 2023 no deberá superar (según el art. 29 de la Ley 6711) los $ 7.996.490,00. En tanto que el nuevo valor máximo unitario de venta que sólo resulta aplicable para la venta de cosas muebles (según el art. 30 de la Ley 6711) asciende a $ 85.627,66.
La recategorización se realiza enero, mayo y septiembre en forma cuatrimestral.
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