A través de la Resolución General 5265/2022 la Administración Federal de Ingresos Públicos extiende hasta el 31/10/2022, inclusive, el plazo fijado en el artículo 1 de la Resolución General AFIP 4959/2021, para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General AFIP 4057/2017, regularicen sus obligaciones de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiación prevista en la última norma citada, sin considerar la categoría del SIPER en la que dichos sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D.
Aclaramos que, esta extensión de plazo y mejora de condiciones no es de aplicación a la Declaración Jurada de Ganancias y Bienes Personales de personas humanas cuyo vencimiento operó en 2022.
Asimismo, se en sustituye en los cuadros referidos a Cantidad de Planes, Cuotas y Tasa de Interés de Financiación del Anexo II de la Resolución General AFIP 4268/2018 su vigencia transitoria indicando que será desde el 20/08/2019 al 31/10/2022.
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