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2022-12-14 | Normativa

Resolución MHFGC 7404/2022


B.O.: 14/12/2022

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2022



VISTO: los términos del artículo 186 del Código Fiscal aprobado por la Ley Nº 6.505 con las modificaciones introducidas por las Leyes Nros. 6.556, 6.561 y 6.592, la Resolución Nº 4323-MHFGC/22 y su rectificativa Resolución N° 4490-MHFGC/22 y el Expediente Electrónico N° 46.181.308/GCABA- DGANFA/22,


CONSIDERANDO:


Que el artículo 186 del Código Fiscal vigente faculta al Ministerio de Hacienda y Finanzas para acordar facilidades para el pago de deudas vencidas de impuestos, tasas, multas, derechos y contribuciones, servicios y servicios especiales y sus intereses, con las modalidades y garantías que estime corresponder, respecto de los contribuyentes y/o responsables, inclusive aquellos que hubieren solicitado la formación de su concurso preventivo o hubieren sido declarados en quiebra;


Que por la Resolución N° 4323-MHFGC/22 y su rectificativa Resolución N° 4490-MHFGC/22 se establece, con carácter transitorio, un régimen especial de facilidades de pago de obligaciones tributarias y multas;


Que en virtud de la amplia adhesión al plan de facilidades de carácter transitorio y en aras de evitar inconvenientes y/o dificultades técnicas en el funcionamiento de los aplicativos habilitados por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos durante los últimos días de vigencia del régimen, resulta conveniente prorrogar el plazo para la interposición del respectivo acogimiento por parte de los contribuyentes y responsables;


Que es propósito de este Ministerio de Hacienda y Finanzas afianzar la comunicación y relación Fisco – Contribuyente, facilitando la regularización de las obligaciones tributarias en mora.


Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 186 del Código Fiscal vigente,


EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS


RESUELVE:


Artículo 1°.- Prorrogar hasta el día 31 de enero de 2023, el plazo de vigencia del Plan de Facilidades de Pago Transitorio establecido por el Título I de la Resolución N° 4323-MHFGC/22 y su rectificativa Resolución N° 4490-MHFGC/22, cuyo vencimiento original operaba el día 15 de diciembre de 2022.


Artículo 2°.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.


Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Pase a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Mura

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