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2022-12-15 | Normativa

Resolución CD 93/2022. Circular Nº 19. Circulares FACPCE de Adopción NIIF


Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de diciembre de 2022


En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1283) el Consejo Directivo aprobó la siguiente Resolución:


VISTO Y CONSIDERANDO:


a) Las atribuciones de este Consejo Profesional para “Dictar las medidas de todo orden que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones cuya matrícula controla” (art. 2° inc. f, de la Ley N° 466/00).


b) La firma del Acta de Tucumán por este Consejo Profesional, acta que fue suscripta en San Miguel de Tucumán el 3 de octubre de 2013, la cual establece el compromiso por parte de los Consejos Profesionales adheridos a la Federación Argentina de Consejo Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), entre otras cuestiones, de sancionar sin modificaciones las normas técnicas profesionales emitidas por la Junta de Gobierno de la FACPCE.


c) La aprobación, por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de su Resolución C. D. N° 25/2009 adoptando la Resolución Técnica N° 26 “Normas contables profesionales: Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), de su Resolución C. D. N° 22/2011 adoptando la Resolución Técnica N° 29 “Normas contables profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N° 26 – “Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)”” y de su Resolución P. N° 241/2016 adoptando la Resolución Técnica N° 43 sobre el “Nuevo texto de la Resolución Técnica N° 26 (modificado por RT 29, RT 38 y RT 43)”.


d) Que el IASB ha realizado modificaciones y mejoras a los textos originales de las NIIF, aprobados por la FACPCE a través la Resolución Técnica N° 26 y modificatorias, y las Circulares de adopción de las NIIF aprobadas a la fecha.


e) Que la decisión de la Junta de Gobierno de la FACPCE, a partir de la emisión de la RT N° 26, fue la adopción de los textos originales de las NIIF sin modificaciones ni adecuaciones, estableciendo el mecanismo de “Circulares de Adopción”, para la puesta en vigencia de los nuevos pronunciamientos que el IASB emita.


f) Que el artículo 19, inciso g) del Reglamento del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y de Auditoría (CENCyA) establece que “Las circulares de adopción de las NIIF se emiten para poner en vigencia, como norma contable profesional, a las nuevas NIIF e Interpretaciones -CINIIFo a modificaciones a las NIIF e Interpretaciones -CINIIF- existentes, por parte del IASB”.


g) La aprobación, por parte de la Mesa Directiva de la FACPCE, de la Circular N° 19 de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera “Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) – Aprobadas por la Resolución Técnica N° 26 y modificatorias y las Circulares de adopción de las NIIF”, en la ciudad de Buenos Aires, el 8 de noviembre de 2022.


Por ello,


EL CONSEJO DIRECTIVO DEL


CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS


DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


RESUELVE:


Art. 1º.- Aprobar la Circular N° 19 de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera “Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) – Aprobadas por la Resolución Técnica N° 26 y modificatorias y las Circulares de adopción de las NIIF”, que modifican los Anexos I y II de la segunda parte de la Resolución Técnica N° 26 y modificatorias, y declararla Norma Profesional, de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Art. 2º.- Esta resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, admitiéndose su aplicación anticipada.


Art. 3º.- Registrar la presente en el Libro de Resoluciones, publicarla en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comunicarla a los matriculados por todos los medios de difusión de la Institución y con oficio a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todas las provincias, a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, a los Colegios y Asociaciones que agrupen a graduados en Ciencias Económicas, a las Excmas. Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en lo Comercial y en lo Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de Economía de la Nación, a la Inspección General de Justicia, a la Comisión Nacional de Valores, al Banco Central de la República Argentina, a la Superintendencia de Seguros de la Nación, a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y demás organismos públicos de control con jurisdicción sobre entes domiciliados en el ámbito de competencia territorial de este Consejo, a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a las Facultades de Ciencias Económicas de las Universidades situadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Cámaras Empresarias, Entidades Financieras y demás instituciones vinculadas al quehacer económico, a la International Federation of Accountants (IFAC), al American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), a la Financial Accounting Standard Board (FASB), al Grupo de Integración Mercosur de Contabilidad, Economía y Administración (GIMCEA) y al Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF).


Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

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Resolución CD 93/2022. Anexos

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