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2023-01-03 | Noticias

TRABAJO AGRARIO. Asignación extraordinaria de carácter no remunerativo por única vez

En el marco del Régimen de Trabajo Agrario instituido por Ley 26727,  la Comisión Nacional del Trabajo Agrario a través de la Resolución 230/2023 otorga una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de $ 26.000 que se adiciona al bono del Decreto 841/2022 y que será abonada por los sujetos empleadores con los haberes correspondientes al mes de diciembre de 2022.


Al adicionarse a la asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de hasta $ 24.000 del Decreto 841/2022 se conforma una asignación no remunerativa total de hasta $ 50.000.


En el caso en que la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional percibirán la asignación no remunerativa, en forma proporcional conforme lo establecido por la Ley 26727.


Se aplicará a los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios que sean menores o iguales a $159.859 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional. El monto del salario se determina incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, con exclusión del medio Salario Anual Complementario y el bono del Decreto 841/2022.


Quienes perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, excluyendo el medio Salario Anual Complementario y el bono del Decreto 841/2022, superiores a $159.859 e inferiores a $185.859, percibirán la diferencia entre el salario así determinado y el tope establecido.


Esta asignación podrá ser absorbida hasta su concurrencia en aquellos casos en los que se hayan otorgado asignaciones de carácter no remunerativo en el mes de Diciembre de 2022, adicionales al bono del Decreto 841/2022. 


Los empleadores que desarrollen como actividad principal, declarada al 30 de noviembre de 2022 ante AFIP, alguna de las comprendidas en el anexo del Decreto 128/2019 abonarán la asignación no remunerativa en 2 cuotas:


- $ 13.000, con las remuneraciones del mes de enero de 2023.


- $ 13.000, con las remuneraciones del mes de febrero de 2023.

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