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2000-07-06 | Normativa no vigente

Ley 23349. Artículo 48. Textos anteriores


ARTÍCULO 48. - En los casos de operaciones con precios concertados a la fecha en que entraran en vigencia modificaciones del régimen de exenciones o de las alícuotas a las que se liquida el gravamen, dichos precios deberán ser ajustados en la medida de la incidencia fiscal que sobre ellos tuvieran tales modificaciones. 



Vigencia desde 01/11/1986 a 30/10/1990 (Ley 23349)



ARTICULO... -- En los casos de operaciones con precios concertados a la fecha en que entraren en vigencia modificaciones del régimen de exenciones o de las alícuotas a las que se liquida el gravamen, dichos precios deberán ser ajustados en la medida de la incidencia fiscal que sobre ellos tuvieran tales modificaciones.



Vigencia desde 06/10/1980 a 31/10/1986 (Ley 22294)


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