SUMARIO
Cabe revocar la sentencia que rechazó la demanda en cuanto perseguía la repetición del impuesto a las ganancias que le había sido retenido a la actora al momento de percibir la indemnización prevista en el art. 52 de la ley 23.551, a la vez que ordenó a la AFIP que devolviera la suma fijada en concepto de exceso de retención por haberse constatado que se aplicó incorrectamente lo normado en la resolución general (DGI) 4.139 y sus modificatorias, pues el resarcimiento en trato carece de la periodicidad y de la permanencia de la fuente necesarias para quedar sujeto al gravamen, en los términos del art. 2º de la ley de impuesto a las ganancias, ya que es directa consecuencia del cese de la relación laboral.
-Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
Fuente del sumario: OFICIAL - Corte Suprema de Justicia de la Nación
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