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2023-03-01 | Noticias

SEGURIDAD SOCIAL. Refuerzo de ingreso previsional


Por medio del Decreto 105/2023 se otorga un nuevo refuerzo de ingreso previsional por un monto máximo de $ 15.000, que se abonará en los meses de marzo, abril y mayo de 2023.


Como herramienta de mayor acompañamiento hasta tanto se estabilicen las variables macroeconómicas fue publicado el Decreto 788/22 por el cual se otorgó un refuerzo de ingreso previsional, por un monto máximo de $10.000, que se abonó en los meses de diciembre de 2022, enero y febrero de 2023.


En el mismo sentido, y contexto se otorga un nuevo refuerzo de ingreso previsional, que se abonará en los meses de marzo, abril y mayo de 2023. El monto a liquidar será proporcional a las sumas que los distintos beneficiarios y las distintas beneficiarias perciben a través de sus haberes. 


¿Quiénes son los beneficiarios?


  • Titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES , de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las excajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación,  y de las prestaciones del Régimen Previsional Especial para investigadores científicos y tecnológicos. 
  • Beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor;
  • Beneficiarios y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de ANSES.



Condiciones para el cobro


Será equivalente a:

  • $15.000 mensuales para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $ 58.665,43;
  • $ 5.000 mensuales para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $ 68.665,43 y menor o igual a  $117.330,86.


Aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $ 58.665,43 y menor o igual a $ 68.665,43, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $73.665,43.


Aquellos que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe mayor a $ 117.330,86 y hasta $ 122.330,86, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $ 122.330,86.


Requisitos

Los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación. En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos y estas deberán ser considerados y consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al refuerzo de ingreso previsional.


No será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.


Se faculta a la ANSES a a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente decreto, como así también para la administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recupero de percepciones indebidas del refuerzo de ingreso previsional.





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