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2023-03-08 | Noticias

CABA. Registro de Domicilios de Explotación

Te recordamos que mediante la Resolución (AGIP) 24/2022 se introducen modificaciones en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), y a través de la misma se otorga plazo hasta el 31 de marzo para que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ratifiquen o rectifiquen los datos de sus domicilios de explotación a través del Registro de Domicilios de Explotación (RDE).


El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica. 


El registro es de carácter obligatorio y anual para las siguientes personas:


a) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Categoría Locales.

b) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

c) Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, excepto aquellos comprendidos en los términos del artículo 288 del Código Fiscal vigente.

d) Contribuyentes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Al momento de presentar el registro se solicitará la siguiente información:


  • Número de partida del/de los inmueble/s.
  • Número de CUIT de la persona titular del inmueble
  • Número de CUIT de la persona que realiza la actividad que se está declarando
  • Carácter de la ocupación del inmueble de la persona que realiza la actividad
  • Código de la actividad que se realiza (NAES)
  • Superficie que afecta a la actividad
  • Número de habilitación, en caso de corresponder
  • Fecha de inicio de la actividad en ese inmueble
  • Fecha de cese de la actividad en ese inmueble 


En caso de iniciar la actividad económica luego del primer trimestre del año calendario se deberá registrar el domicilio en el plazo de 30 días corridos a partir de la fecha efectiva de inicio. 


Modificaciones al domicilio

En caso de existir modificaciones en el domicilio declarado, durante el ejercicio fiscal, las mismas deberán informarse en el plazo máximo de 15 días hábiles de producido el cambio


El acceso al aplicativo se realizará con Clave Ciudad.


El ingreso por primera vez requiere la asignación del servicio denominado “Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”.



Herramientas útiles acerca del Registro de Domicilios de Explotación 


Respuestas correspondientes a las diferentes inquietudes sobre los diferentes escenarios que abarca el aplicativo “Registro de domicilio de Explotación RDE” clic aquí



Para adherir el servicio y completar el registro , y ratificar o rectificar el domicilio descarga los documentos:

Descargas

Registro de Domicilios de Explotación (RDE)

Registro de Domicilio de Explotación.pdf

Registro de Domicilios de Explotación - Ratificación o Rectificación

Registro de Domicilio de Explotación Ratificacion o rectificacion.pdf

Asignación de servicios Clave Ciudad

Asignacion de servicios clave ciudad.pdf

Contacto

Desde TRIVIA by Consejo te invitamos a conocer más sobre el servicio, sólo debés consignar tu Tomo y Folio al completar el último campo del formulario.* 


Contacto:
- Teléfono 5382-9590 (directo)

Horario de atención: Lunes a viernes 9 a 18 hs.


* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA