Diciembre 2021
Normativa
Pregunta: Las Uniones Transitorias ¿pueden tener pueden tener una persona jurídica como representante?
Respuesta: Si, conforme a lo establecido por el inciso g) del art. 1464 del Código Civil y Comercial, el Representante de una U.T. puede ser una persona física o jurídica.
Pregunta: ¿Cómo se deben realizar los acuerdos en un U.T?
Respuesta: Conforme a lo establecido por el artículo 1468 del Código Civil y Comercial, los acuerdos se deben tomar por unanimidad, excepto pacto en contrario.
Enero 2022
Normativa
Pregunta: La muerte, quiebra o incapacidad, ¿extingue la Unión Transitoria?
Respuesta: No, conforme a lo establecido por el art. 1469 del Código Civil y Comercial, la quiebra de cualquiera de los participantes, la muerte o incapacidad de las personas humanas integrantres no produce la extinción del contrato.