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2023-04-28 | Normativa

Area Aplicativos y Servicios Web: AGIP

Noviembre 2021


Pregunta: ¿Cómo se puede generar un VEP, para pagar a un tercero el saldo de DDJJ de Ingresos Brutos Contribuyente Local?


Respuesta: Primero el contribuyente que tributa IIBB, deberá ingresar a la página web de AFIP con CUIT y Clave Fiscal al servicio “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”, luego ingresar al botón “Nueva Relación” buscar el servicio a delegar, en este caso “Presentación de DDJJ y Pagos” confirmar y luego completar la CUIT a quien le quiere delegar el servicio, en este caso el sujeto que va a pagar el saldo de la DDJJ mencionada, y luego “Confirmar”. Después éste último deberá ingresar con su CUIT y Clave Fiscal e ingresar en el servicio “Aceptación de Designación” para aceptar la delegación del servicio. Luego (con su CUIT y Clave) seleccionar el Servicio: “Presentación de DDJJ y Pagos”, en el Menú “Presentaciones” opción Consultas - Consulta de DECLARACIÓN JURADA Presentadas en este Sistema; Presentada por el Usuario: Todas; CUIT del Contribuyente (elige el contribuyente al que le quiere generar el VEP); Formularios: 5220 GCBA-IIBB DJ WEB; haga Clic en “Ver consulta”; seleccionar la DECLARACIÓN JURADA que desea generar el VEP, efectuando un clic sobre el signo $ que se encuentra en el mismo renglón de la presentación, a la izquierda del estado - “Aceptada”- y se debe tener presente que dicho símbolo ($) estará vigente hasta la fecha de pago que  se haya ingresado al completar la DDJJ en el  sistema  E- SICOL. Luego se genera el VEP y finalmente se elige el sitio de pago del tercero que va a pagar el VEP.

Diciembre 2021


Ingresos Brutos


Pregunta: ¿Cómo ver si tengo declaraciones juradas pendientes de pago en el sistema e-sicol, y de tenerlas, como se pueden pagar sin rectificar?


Respuesta: Ingresando con Clave Ciudad del contribuyente, dentro del servicio “E- sicol”, se debe hacer clic en el título “PERIODOS IMPAGOS”, que se encuentra en la parte superior de la pantalla -a la derecha de “DECLARACION JURADA”- y  se abrirá un recuadro “Estado de cuenta”, que proporciona un detalle de declaraciones juradas impagas (Año, cuota, rectificativa, vencimiento, presentación e importe). Allí mismo, se puede generar el VEP para el pago de cada una, seleccionando la posición deseada y haciendo clic en “pagar” (icono que se encuentra a la derecha, en el mismo recuadro). El sistema calcula los intereses resarcitorios automáticamente a la fecha de pago –que es editable-. Finalmente, se debe indicar el sitio o plataforma, a través del cual se realizara el pago. Utilizando esta solapa de “PERIODOS IMPAGOS” no hace falta rectificar las declaraciones juradas para poder generar un nuevo VEP de pago.


Pregunta:  Al realizar la baja en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos C.A.B.A, la misma sale “con observaciones” por falta de pago, ¿cómo se resuelve dicha situación?

Respuesta: Para el caso que, el trámite de cese finalice “con observaciones”, las cuales se detallan en el formulario de acuse, las mismas deberán subsanarse para que dicho procedimiento quede firme.
Si las observaciones son por cuotas adeudadas, se deben abonar las mismas y una vez que los pagos impacten en el sistema, se debe volver a ingresar al servicio “Ingresos Brutos” opción “Cese Total de Actividades” y volver a solicitar el cese, no se debe informar nuevamente la “fecha de cese”, solo se debe confirmar la baja, para que la misma quede firme y “sin observaciones”. 
Links con información de utilidad de la web de AGIP para hacer el cese: 
Tutorial - Ingresos Brutos - Régimen Simplificado - Cese De Actividades
https://www.agip.gob.ar/uploads/tutorials_files/c187411d95ad713c9a9421a1d998a888.pdf
https://www.agip.gob.ar/tramites/83/5

ARCIBA

Pregunta: Un Agente de Recaudación de IIBB de CABA, realizó una venta a Tierra del Fuego y al informar las retenciones efectuadas en el sistema e- ARCIBA, no contempla la posibilidad de identificar el comprobante tipo “E”.

Respuesta: Para cargar las retenciones efectuadas, originadas por otro tipo de comprobantes que no se encuentren enumerados en las opciones que ofrece el sistema, deberá utilizar la opción de “Otros Comprobantes”, ingresando el número correspondiente al comprobante que origina la retención.

Contacto

Desde TRIVIA by Consejo te invitamos a conocer más sobre el servicio, sólo debés consignar tu Tomo y Folio al completar el último campo del formulario.* 


Contacto:
- Teléfono 5382-9590 (directo)

Horario de atención: Lunes a viernes 9 a 18 hs.


* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA