Mediante la Ley 6.644, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deja sin efecto el Impuesto de Sellos aplicable a las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra hubieran generado desde el día 22/12/2022 hasta el día 09/03/2023, ambas fechas inclusive.
Las mencionadas entidades deben proceder a la devolución de los importes nominales percibidos mediante su acreditación en la próxima liquidación o resumen periódico remitido y podrán imputar los citados montos como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y/o sus obligaciones como agentes de recaudación correspondiente al mes en el cual se efectúe su devolución o los inmediatos siguientes, conforme lo reglamente la AGIP.
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