El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por medio de la Resolución 887/2023, establece, con vigencia a partir del 7 de Julio de 2023, que los trabajadores afectados en su movilidad a los fines de la concurrencia a sus puestos de trabajo como consecuencia de interrupción en el servicio público de transporte automotor de pasajeros y bloqueo en el servicio ferroviario del viernes 7 de julio de 2023, conservarán el derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales.
Dichos trabajadores deberán acreditar dicha condición ante su empleador, debiendo en caso de divergencias interpretativas, resolverse la cuestión por la vía del diálogo social entre empleadores, o sus representantes, y las organizaciones representativas de trabajadores.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA