ARTÍCULO…- Los resultados derivados de la enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles, obtenidos por los sujetos del inciso d) del artículo 49 de la ley, no quedan comprendidos en los términos del quinto artículo incorporado sin número a continuación del artículo 90 de la ley.”
Vigencia desde 27/12/2018 a 07/12/2019 (Dto 1170/18)
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA