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2023-11-17 | Colaboraciones Técnicas

Liquidación de vacaciones: Aspectos legales y registración contable


Dr. C.P. Ignacio Barrios (Asesor técnico - Área Laboral)


Dr. C.P. Oscar López (Asesor técnico – Área de Normas Contables y de Auditoría)


Aspectos legales: ¿Cómo se calcula la extensión y la retribución de la licencia anual por vacaciones?


El artículo 150 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (LCT), establece que el trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:


Antigüedad en el Empleo
Días de Vacaciones Corridos
No excede de 5 años
14 días
Más de 5 años y hasta 10 años
21 días
Más de 10 años y hasta 20 años
28 días
Excede de 20 años
35 días

Para determinar la extensión de las vacaciones atendiendo a la antigüedad en el empleo, se computará como tal aquélla que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año que correspondan las mismas.

En cuanto a la determinación del monto a pagar por la licencia vacacional, el artículo 155 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece la forma de calcular la remuneración durante el período de vacaciones de la siguiente manera:

a) Para trabajadores con sueldo mensual: se divide el importe del sueldo al momento de otorgar las vacaciones por 25 y se multiplica por los días de vacaciones correspondientes. Al calcular el valor día de vacaciones de esta manera, obtenemos lo que se denomina el "plus vacacional", que es la diferencia entre dividir por 30 y dividir por 25.

b) Si el salario se establece por día u hora: se paga por cada día de vacaciones el importe que el trabajador habría recibido en la jornada anterior al inicio de las vacaciones, considerando la remuneración conforme a las normas legales, convencionales o pactadas, si es mayor. 

Si la jornada normal supera las 8 horas, pero no excede las 9, se toma la jornada real. Cuando, por circunstancias especiales, la jornada habitual es menor que la legal, se calcula la remuneración como si fuera igual a la jornada legal. Si el trabajador recibió remuneraciones adicionales, como horas extras, se aplican reglas específicas.

c) En caso de trabajadores con salario a destajo, comisiones, porcentajes u otras formas variables: se toma el promedio de los sueldos devengados durante el año de las vacaciones o los últimos 6 meses de servicio, según prefiera el trabajador.

Además, la norma establece que la remuneración de las vacaciones incluye todo lo que el trabajador recibe por trabajo ordinario o extraordinario, bonificaciones por antigüedad y otras remuneraciones accesorias.

En cuanto al momento de pago de las vacaciones, deben pagarse al inicio de estas, es decir, que se pagan de manera adelantada.

Por último, es fundamental recordar que los Convenios Colectivos de Trabajo pueden otorgar beneficios adicionales en cuanto a la duración de las vacaciones y su remuneración. Ejemplos de esto se encuentran en convenios como el de los Encargados de Edificios CCT 589/10 o el de Petroquímicos CCT 77/89, entre otros. 

Estos acuerdos pueden modificar las disposiciones generales de la Ley de Contrato de Trabajo y brindar condiciones más favorables a los trabajadores en términos de descanso y compensación económica durante sus períodos de vacaciones. Por lo tanto, es esencial consultar el convenio correspondiente para conocer las disposiciones específicas que aplican a cada situación laboral.

Aspectos contables: ¿Cómo se debe calcular la provisión de vacaciones en una entidad que cierra estados contables el 30/06/2023?

La entidad debe reflejar los pasivos laborales correspondientes a los servicios ya recibidos de sus empleados, aunque su pago sea diferido (por ejemplo: vacaciones). Ver punto 5.19.7 “Pasivos por costos laborales” de la RT (FACPCE) 17.

El pasivo por la obligación de pago de vacaciones debe reflejar el derecho devengado a la fecha de cierre.

Por lo tanto, lo que la entidad debe registrar como pasivo es el monto de las vacaciones que abonará por el año 2023 a sus empleados, proporcionado al mes de junio, y dependiendo de las particularidades de cada caso, como ser: empleados mensualizados, empleados jornalizados, empleados que hayan ingresado con posterioridad al 1/1/2023, etc.

Para su cálculo debería estimarse el costo de vacaciones de cada uno de los empleados que recibirán por su antigüedad al 31/12/2023. Luego, dicho monto en su totalidad (vacaciones totales y no sólo el plus vacacional) deberá proporcionarse por el plazo transcurrido hasta el cierre. Es decir, dividirlo por 12 (meses) y multiplicarlo por 6 (meses).

Por ejemplo, si una empresa tiene 3 empleados mensualizados con las siguientes características:

EmpleadoFecha IngresoSueldo ($)Vacaciones al 31/12
110/03/20161.800.00021 días
220/08/20211.700.00014 días
301/04/20231.500.00014 días (*)

(*) Habrá trabajado más de la mitad del año al 31/12

Cálculo Provisión de Vacaciones:

Empleado

Sueldo ($)

Días

Días Vacaciones

Importe ($)

Meses/año

Meses Dev.

Importe a provisionar ($)

1

1.800.000

25

21

1.512.000

12

6

756.000

2

1.700.000

25

14

952.000

12

6

476.000

3

1.500.000

25

14

840.000

12

6

420.000

Total

1.652.000


Registración: 30/06/2023

Licencia por vacaciones
1.652.000

aProvisión de Licencia por vacaciones

1.652.000

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