Portal de Información

2000-07-06 | Normativa no vigente

Decreto 1397/79. Ley de Procedimiento Fiscal. Reglamentación. Artículo 37. Textos anteriores


ARTÍCULO 39.- Los convenios sobre la carga de los impuestos no eXimen a los contribuyentes, agentes de retención y demás responsables de las obligaciones que les impongan las normas impositivas, ni acuerdan facultad a terceros para gestionar ante la Dirección en nombre de los titulares de los derechos exoneración o devolución de impuestos. 


Cuando en los convenios sobre la carga del impuesto una de las partes sea el Estado nacional y sus dependenCias, empresas u organismos descentralizados, se estará a lo dispuesto en el art. 11 de la ley 15.273. 



Vigencia desde 14/02/1975 a 24/07/1979 (Dto 1160/74)



Contacto

Desde TRIVIA by Consejo te invitamos a conocer más sobre el servicio, sólo debés consignar tu Tomo y Folio al completar el último campo del formulario.* 


Contacto:
- Teléfono 5382-9590 (directo)

Horario de atención: Lunes a viernes 9 a 18 hs.


* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA