Tras la gestión realizada por las autoridades de nuestro Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Inspección General de Justicia (IGJ) por medio de la Resolución General 16/2023, estableció que las figuras de Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) y Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), no corresponden a tipos societarios que encuadren en las condiciones y características requeridas para ser inscriptos como asociaciones profesionales.
Conforme a las pautas reglamentadas por nuestro Consejo, la IGJ procederá a:
a) Transformar -a alguno de los tipos societarios aceptados- a aquellas sociedades profesionales que lo soliciten;
b) Subsanar a aquellas sociedades profesionales quedaron comprendidas en la Sección IV del Capítulo I de la Ley 19.550 o sociedades civiles constituidas bajo el régimen previsto por el derogado Código Civil, que así lo soliciten.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA