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2000-07-06 | Normativa no vigente

Decreto 1397/79. Ley de Procedimiento Fiscal. Reglamentación. Artículo 85. Textos anteriores


ARTÍCULO 71.- Las multas que imponga el Tribunal, se Ingresarán mediante la utilización de valores y timbrados del impuesto de sellos y se destinarán a rentas generales. 



Vigencia desde 14/02/1975 a 24/07/1979 (Dto 1160/74)




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