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2024-01-11 | Noticias

Proyecto de Ley: Medidas Fiscales. Impuestos Internos


En el presente trabajo, analizamos las principales características del proyecto de Ley enviado al Congreso Nacional, referidas a Impuestos Internos (Capítulo V, Sección IV).


- Se incorpora un artículo agregado a continuación del artículo 2 de la Ley 24.674 (precio presunto), el cual establece aplicar un precio cuando el de venta al consumidor informado por los sujetos pasivos del gravamen no constituya una base idónea a los fines de determinar el valor imponible. Dicho precio surge del relevamiento efectuado mensualmente por la entidad u organismo que a tal fin designe el Ministerio de Salud de la Nación.


Se considerará, sin admitir prueba en contrario, que no constituye una base idónea todo precio informado por los sujetos pasivos, que resulte inferior en un 20% del precio que surja del relevamiento mencionado en el párrafo anterior.


- Se eleva la alícuota del impuesto a los cigarrillos, del 70 al 73%.


- Para los siguientes bienes, se establece un mecanismo de actualización trimestral, sobre la base de la variación del IPC, pudiéndose aumentar para garantizar la sostenibilidad fiscal en hasta un 25% o disminuir en un 10% dichos montos mínimos.


El impuesto mínimo de cigarros y cigarritos.

Expendio dehoja, despalillados, picados, en hebras, pulverizados (rapé), en cuerda, en tabletas y despuntes, el fabricante, importador y/o fraccionador.

- Se modifica el artículo 20 de la Ley 24674, del régimen sancionatorio para aplicar la multa sobre la base del precio que establece el nuevo artículo agregado a continuación del artículo 2 de la Ley 24.674 (precio presunto).


- Se incorpora un nuevo objeto alcanzado por impuestos internos: los cigarrillos electrónicos y demás dispositivos sin tabaco.



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