Tasas de intereses a partir del 1/04/2024:
A través de la Resolución General DPR Jujuy 1643/2023, se estableció que, a partir del 1 de abril de 2024, las tasas de interés resarcitorio y punitorio mensual, serán las mismas que resultan aplicables para las obligaciones tributarias nacionales, cuya publicación se efectúa al inicio de cada bimestre calendario en el sitio web de la AFIP.
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