Un contribuyente que realice actividades de venta de bienes muebles y servicios, ¿Qué límite de ingresos devengados, deberá ser aplicado para permanecer en el Régimen?
Se debe aplicar el importe de la categoría máxima de admitida para la actividad principal. La actividad principal es la generadora de los mayores ingresos. De este modo la categoría máxima en el caso de que la actividad principal sea la prestación de servicios será la H, mientras que si lo es la venta de bienes muebles será la K.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA