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2024-01-17 | Preguntas frecuentes

Monotributo. Exclusión de pleno derecho


Para analizar si un contribuyente queda excluido en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) por superar los parámetros de ingresos, ¿Cómo se deben considerar los 12 meses?


La Ley 24.977 en el inciso a) del artículo 20 establece que quedarán excluidos cuando la suma de los ingresos brutos obtenidos de las actividades incluidas en el Régimen, en los últimos 12 meses inmediatos anteriores a la obtención de cada nuevo ingreso bruto –considerando al mismo-, superen el límite máximo para ser monotributista. Este cálculo debe realizarse en cada nuevo ingreso que se reciba, sumándolo a lo que haya recibido en los 12 meses anteriores.


El acontecimiento de dicha causal producirá, la exclusión automática del régimen desde la cero (0) hora del día en que se verifique la misma.


De acuerdo con lo comentado, desde el momento en que se obtenga cualquier ingreso bruto que produzca la causal de exclusión, el contribuyente deberá dar cumplimiento a sus obligaciones impositivas y de la seguridad social, por los respectivos regímenes generales.


Tener en cuenta lo siguiente:

- Para considerar los ingresos brutos, el artículo 9 del Decreto 1/2010 aclara que son los devengados en el período que corresponda a cada situación prevista en el Monotributo.

- Los parámetros máximos son los de la Categoría “H” o “K”, dependiendo el tipo de actividad que realice el sujeto (servicios o ventas, respectivamente), vigentes al momento de analizar la exclusión. 

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