Recordemos que están obligados a presentarla aquellos contribuyentes inscriptos en el impuesto a las ganancias aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el período fiscal.
También aquellos sujetos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad, aún cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la obligación de determinación e ingreso.
Los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas deberán cumplir con la obligación.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA