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2023-01-22 | Noticias

NUEVAS TASAS. Intereses punitorios y resarcitorios


El Ministerio de Economía a través de la Resolución 3/2024 adecúa las tasas a las condiciones económicas actuales. En ese sentido, estableció modificaciones en las tasas de interés aplicables en materia impositiva, previsional y aduanera:


Interés resarcitorio

Los intereses previstos por el artículo 37 de la Ley 11.683, serán equivalente a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.


La tasa de interés será del 0,83% cuando las obligaciones se encuentren expresadas en dólares estadounidenses o deban abonarse de acuerdo con el monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago.


Interés punitorio

Los intereses del artículo 52 de la Ley 11.683, serán equivalente a 1,5 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.


La tasa de interés será del 1% mensual cuando las obligaciones te se encuentren expresadas en dólares estadounidenses o deban abonarse de acuerdo con el monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago.


Devoluciones, reintegros o compensaciones de impuestos

La tasa de interés será la efectiva mensual surgida de considerar el promedio de la tasa publicada por el Banco Central de la República Argentina en el apartado “Tasas de interés por depósitos a 30 días de plazo en entidades financieras” para el período de 30 días finalizado el 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.


Cuando se trate de conceptos expresados en dólares estadounidenses, la tasa de interés aplicable será del cero coma 0,20% mensual.


Tasa diaria

A los efectos de determinar la tasa de interés diaria se aplicará la división de la tasa mensual que corresponda por 30.


Derogación

Se deroga la Res. MEc 559/2022.


Publicidad de las tasas

La AFIP publicará en su sitio web las tasas de intereses al inicio de cada bimestre.


Vigencia y efectos

La norma entrará en vigencia el 22 de enero y surtirá efectos desde el 1º de febrero.


Podés consultar la evolución de las tasas haciendo click aqui


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