En el día de hoy, se reunió la Cámara Baja presidida por Martín Menem y, con 137 diputados presentes, se alcanzó el quórum para sesionar.
Luego de las cuestiones de privilegio planteadas, el Secretario Parlamentario, Tomás Figueroa, anunció respecto del dictamen de mayoría, firmado en el marco de un Plenario de Comisiones, se suprimieron los siguientes artículos:
Artículo 13: Trámites a distancia y digitalización.
Artículo 31: Control previo al acuerdo de mediación.
Artículo 71: Sustitúyese el artículo 26 de la Ley N° 20.091.
Artículo 72: Derógase el artículo 28 de la Ley N° 20.091
Artículos 81 al 167:
81 a 105 Modificaciones a la Ley General de Sociedades Nº 19.550
106 Suspéndese la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241
107 Derógase el artículo 1° de la Ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública N° 27.612.
108 a 110 Sustitúyese artículos de la Ley N° 27.440
111 y 112 Derógase artículos de la Ley N° 26.831
113 a 129 Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social
130 a 132 Régimen de Regularización de Activos Sujetos alcanzados
133 a 137 plazos
138 a 140 Mecanismo de regularización
141 a 143 Impuesto Especial de Regularización
144 a 146 Supuestos especiales de exclusión de base imponible y pago del Impuesto Especial de Regularización.
147 a 151 Bienes registrados a nombre de terceros
152 a 154 Transferencia de la propiedad de los bienes
155 a 157 Efectos de la regularización
158 a 159 Pago del impuesto especial. Efectos de la falta de pago en término
160 a 165 Sujetos excluidos
166 a 167 Impuesto sobre los Bienes Personales
Artículos 169 al 175 Impuesto sobre los Bienes Personales
Artículo 179 Pago inicial del REIBP
Artículo 180 Pago inicial inferior al 75%
Artículo 182 Contribuyentes con base imponible reducida
Artículos 194 al 196 Impuestos Internos
Artículos 211 al 220
211 a 213 Otras Medidas Fiscales
214 a 220 Promoción del Empleo Registrado
Artículo 292 Sustitúyese el artículo 86 de la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos
Artículo 301 De la Ley N° 24.076, Marco Regulatorio del Gas Natural
Artículo 303 Sustitúyese el artículo 24 de la Ley N° 24.076, Marco Regulatorio del Gas Natural
Artículo 305 Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 73 de la Ley 24.076, Marco Regulatorio del Gas Natural
Artículo 308 Sustitúyese el artículo 3° de la Ley N° 27.640 de Biocombustibles
Artículo 311 Sustitúyese el artículo 8° de la Ley N° 27.640 de Biocombustibles
Artículo 312 Sustitúyese el artículo 10 de la Ley N° 27.640 de Biocombustibles
Artículo 328 Organización de las Manifestaciones
Artículo 330 Modificación de la Ley Nacional de Tránsito
Artículo 331 Reunión o manifestación
Artículos 333 a 335
333 Notificación
334 Manifestación espontánea
335 Obligación y facultad del Ministerio de Seguridad
Artículos 338 a 342
338 Fortalecimiento del fondo de integración socio urbana
339 Autoridad de Aplicación
340 Adhesión
341 Reglamentación
342 Asustitúyese el artículo 237 del Código Penal
Artículos 460 a 487
460 a 461 Financiamiento de los Partidos Políticos
462 a 469 Código Electoral Nacional
470 a 473 Financiamiento de la política
474 Normas transitorias
475 a 487 Turismo
Artículo 512 Sustitúyese el artículo 21 de la Ley N° 27.611
Artículo 513 Sustitúyese el artículo 22 de la Ley N° 27.611
Artículo 520 Sustitúyese el artículo 30 de la Ley N° 27.611
Anexos 6 y 7 del artículo 518
Artículo 62 del Anexo 3
El diputado Osvaldo Llancafilo (innovación Federal - Neuquén) aclaró que en el artículo 292 van a realizar la solicitud de incorporar un texto diferente.
El diputado Miguel Ángel Pichetto (Hacemos Colación Federal - Buenos Aires) dejó constancia para el tratamiento en particular todo lo referente a la región Patagónica.
Luego, el diputado Germán Martínez (UP - Santa Fe) solicitó una Moción de Orden para que el proyecto vuelva a comisiones para su tratamiento que fue rechazada por 103 votos afirmativos y 149 votos negativos.
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