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2024-02-21 | Noticias

DNU 70/2023. Se reglamentan las modificaciones en el Régimen de Obras Sociales


Como consecuencia de las modificaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, en el día de hoy se publicaron en el boletín oficial los siguientes decretos del Poder Ejecutivo de la Nación con el fin de adecuar las reglamentaciones de las leyes modificadas y demás normas que las complementan:


Decreto 170/2024: se aclara que el derecho a la libre elección de la Obra Social podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma. 


Podrá ejercerse por el plazo y de acuerdo con el procedimiento que determine la Autoridad de Aplicación y se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud. 


El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una Entidad de Medicina Prepaga como prestadora de su cobertura médica.


Vigencia: 1º de marzo del 2024


Decreto 171/2024: se indican los requisitos que las entidades deberán instrumentar a fin de que los trabajadores puedan optar libremente entre una obra social o empresa de medicina prepaga.


Es importante recalcar que uno de los objetivos que presenta el aludido decreto es propiciar liberar restricciones de los valores de cuota del subsistema de medicina prepaga para aumentar la competitividad del Sistema de Salud.


Vigencia: 1º de marzo del 2024


Decreto 172/2024: los Agentes del Seguro de Salud podrán celebrar convenios con los efectores del subsistema público, tendientes a establecer el mecanismo para implementar el pago de las prestaciones, ya sea a través de la autoridad jurisdiccional correspondiente o en forma individual.


Para la celebración de los convenios mencionados, los efectores del subsistema público deberán estar inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) o en el que lo reemplace en el futuro.

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