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2024-02-22 | Noticias

CNV. Reforma en la Gestión Integral de Riesgos Financieros


Con el objetivo de adaptar la regulación a los mejores estándares internacionales, la Comisión Nacional de Valores resolvió mediante la Resolución 993, introducir modificaciones sustanciales en la gestión integral de riesgos. Estas reformas, buscan mejorar la identificación, monitoreo, mitigación y administración de riesgos financieros.


Una de las principales novedades es la incorporación de estándares internacionales de alto nivel, respaldados por recomendaciones de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) y el Comité de Pagos e Infraestructuras del Mercado (CPMI). En particular, se adoptan los Principios para las Infraestructuras de Mercado Financiero, contribuyendo así a robustecer la transparencia del mercado de capitales mediante prácticas de supervisión más coherentes y eficaces.


En virtud de estas reformas, se establece que los mercados y las cámaras compensadoras, al asumir el papel de contraparte central (CCP) para las operaciones autorizadas por la CNV, deben contar con una estructura y mecanismos de buen gobierno. Estos estarán orientados a fomentar e implementar un marco de gestión integral de riesgos, con el objetivo de identificar y gestionar eventos potenciales que podrían tener impactos negativos en las operaciones y servicios que ofrecen.


En línea con estas directrices, se ha reglamentado detalladamente el proceso de divulgación de información por parte de los mercados y las cámaras compensadoras. Este aspecto se concentra en los activos y/o valores negociables aportados a los Fondos de Garantía en operaciones autorizadas por la CNV y realizadas en segmentos de negociación garantizados. La correcta observancia de estas pautas permite a estas entidades ser consideradas como entidades de contraparte central calificadas (QCCP). Además, este reconocimiento facilita el cálculo de las exigencias de capital por riesgo de crédito de contraparte, de acuerdo con las normativas establecidas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).


La norma, aunque aún no ha sido publicada, entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

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Resolución General N 993

2024 - 2 - Resolución General N 993.pdf.pdf

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