¿El empleador tiene la obligación de informar sobre la carga en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG)?
Los empleadores deben comunicar a sus empleados la obligación de informar sobre la carga del SIRADIG, lo que le proporciona al empleador asegurar que los montos deducibles sean correctamente considerados en el cálculo del impuesto a retener a sus empleados. Así lo prevé el artículo 19 de la Resolución General AFIP 4003/2017.
Dentro de los 30 días corridos contados a partir del inicio de la relación laboral, los empleadores deberán comunicar a los empleados la obligación de suministrar la presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales, de corresponder, y la presentación del Formulario F. 572 web, conservando a disposición de la AFIP la constancia de la comunicación efectuada, suscripta por los respectivos beneficiarios.
También deberán indicar a sus empleados el día del mes hasta el cual, las novedades informadas por dichos beneficiarios a través del "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR" serán tenidas en cuenta en las liquidaciones de haberes de dicho mes.
* Servicio exclusivo para matriculados/as del CPCECABA